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Duque imparte medidas de austeridad en entidades públicas | Noticias de hoy/Foto: Presidencia | Foto: Presidencia

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Duque fijó nuevo plan de austeridad en entidades públicas

El objetivo del Gobierno nacional es tener un mayor control de los recursos públicos, teniendo en cuenta el impacto económico en el país por el coronavirus.

15 de julio de 2020

Por medio del decreto 1009, el Gobierno nacional fijó un plan de austeridad para todas las entidades públicas que hacen parte del Presupuesto General de la Nación durante la vigencia 2020.

El objetivo del Gobierno es reducir los gastos, y para ello restringirá el uso de recursos para la compra de vehículos oficiales, el pago de tiquetes de avión en clase alta para los funcionarios, la contratación de personal, entre otros.

Así mismo, revisará los esquemas de seguridad para reducir, si es posible, la cantidad de personal que desempeña esa labor. También se limitarán los eventos y las condecoraciones. Entre otros puntos, se pide a las entidades gubernamentales la reutilización de algunos materiales.

Al revisar algunos puntos del decreto, uno de estos señala que la planta de personal y la estructura administrativa de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y que pertenecen a la rama ejecutiva, solamente se podrá modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorros en los gastos de la entidad.

Por lo tanto, se aclara que de forma excepcional se podrán realizar reformas a la planta de personal y a la estructura administrativa que generen gasto, cuando sean consideradas como prioritarias por el Gobierno nacional.

También las entidades deberán adelantar acciones que permitan racionalizar el reconocimiento y pago de horas extras, ajustándolas a las estrictamente necesarias. Por regla general, se recalca en el decreto, las vacaciones no deben ser acumuladas ni interrumpidas, por lo que solo por necesidades del servicio o retiro podrán ser compensadas en dinero.

“Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deben abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias, tales como el embellecimiento, el ornato o la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles”, se agrega en el decreto.

Respecto al suministro de tiquetes, se establece que todos los viajes aéreos nacionales e internacionales de funcionarios de todas las entidades del orden nacional, deberán hacerse en clase económica, salvo los debidamente justificados ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, siempre y cuando el viaje tenga una duración de más de ocho horas.

“No se reconocerán gastos de traslado, cuando el funcionario haga parte de la comitiva que acompañe al presidente de la república o la vicepresidenta y se transporte en el avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar al presidente o vicepresidenta. Los gastos de viaje se autorizarán únicamente si no están cubiertos por la entidad o por las entidades que organizan los eventos”, se explica sobre el punto anterior.

En cuanto al reconocimiento de viáticos, se indica que las entidades deberán adoptar medidas para garantizar la austeridad de los gastos que generen las comisiones al interior o al exterior del país por concepto de viáticos, para lo cual tendrán en cuenta los montos máximos fijados anualmente para cada rango salarial en el decreto de viáticos correspondiente.

En los casos de delegaciones oficiales, las entidades deberán conferir comisión de servicios a los servidores públicos, cuya participación sea estrictamente necesaria por la relación de las funciones del empleo que desempeñan con el objeto de la misma.

A continuación, otros artículos del decreto:

Autorización previa al trámite de comisiones al exterior: toda comisión de servicios y de estudios al exterior de servidores públicos de entidades que pertenecen a la rama ejecutiva del orden nacional, deberá contar con la autorización previa del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Toda comisión de servicios otorgada a servidores públicos de los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, para cumplir compromisos en representación del Gobierno colombiano con organismos o entidades internacionales de las cuales Colombia haga parte, deberá comunicarse previamente al Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de actuar coordinadamente en el exterior y mejorar la gestión diplomática del Gobierno.

Eventos: es responsabilidad de cada entidad la organización y realización de eventos, para los cuales se deben observar las siguientes medidas de austeridad:

a. Realizar únicamente los eventos que sean estrictamente necesarios para la entidad y privilegiar, en su organización y desarrollo, el uso de auditorios o espacios institucionales.

b. Coordinar su realización y logística, en la medida de lo posible, con otras entidades del Estado que tengan necesidades de capacitación análogas o similares.

c. Racionalizar la provisión de refrigerios y almuerzos a los estrictamente necesarios.

d. Racionalizar la papelería y demás elementos de apoyo de las capacitaciones, privilegiando el uso de las tecnologías de información y las comunicaciones.

Esquemas de seguridad: la Unidad Nacional de Protección y la Dirección de Protección de la Policía Nacional, con acatamiento al marco legal y reglamentario, deberán en lo posible efectuar una revisión a los esquemas de seguridad de los servidores públicos de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y, procurar, reducir su conformación. Estas actuaciones deberán estar enmarcadas en el respeto a la vida e integridad personal de los servidores.

Vehículos oficiales: las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la· Nación, deberán abstenerse de adquirir vehículos automotores, salvo en aquellos casos en los que el parque automotor del organismo presente una obsolescencia mayor a seis (6) años, contados a partir de la matrícula del vehículo y su necesidad esté debidamente justificada y sustentada en estudios que demuestren la conveniencia y el ahorro para la entidad.

Ahorro en publicidad estatal: las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada o que promocione la gestión del Gobierno nacional, (agendas, almanaques, libretas, pocillos, vasos, esferos, entre otros), adquirir libros, revistas, o similares; imprimir informes, folletos o textos institucionales.