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El ministro de Defensa se niega a acatar fallo de la Corte Suprema de Justicia.
El ministro de Defensa se niega a acatar fallo de la Corte Suprema de Justicia. | Foto: Revista Semana

Justicia

El ministro no pidió perdón como lo ordenó la Corte. ¿Qué implica eso y qué sigue?

Los magistrados anticipaban que el Gobierno sería renuente a cumplir con la sentencia y por eso incluyeron una aclaración en la sentencia. Carlos Holmes Trujillo podría ser sancionado hasta con arresto.

24 de septiembre de 2020

El polémico fallo de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia sobre garantizar el derecho a la protesta pacífica y a la libre expresión, proferido ayer martes por la tarde, dice claramente en su punto cuarto:

“Ordenar al ministro de Defensa que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes el enteramiento de esta providencia, proceda a presentar disculpas por los excesos de la fuerza pública, en especial aquellos cometidos por los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional –Esmad– durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre de 2019, las cuales deberán difundirse en el mismo término, por radio, televisión y redes sociales”.

Vea el programa de María Jimena Duzán sobre este debate

La tutela fue originalmente formulada ante el Tribunal Superior de Bogotá y subió después a la Sala Civil del máximo tribunal. Ante la sentencia solo queda la eventual revisión de la Corte Constitucional.

Este miércoles, el ministro Carlos Holmes Trujillo hizo su primer pronunciamiento tras el fallo. Produjo una declaración de nueve puntos en los que reafirmó que el Gobierno garantiza la protesta pacífica y defendió a la Policía señalando que sus procedimientos están amparados por la Constitución, y que no se debe confundir algún desmán particular con el actuar de toda una institución.

Vea: Denuncian al ministro de Defensa ante la Procuraduría

Aseguró, además, que el Gobierno solicitará la revisión de la sentencia por parte de los magistrados constitucionalistas. Y no pidió perdón. En el reglamento jurídico, el recurso de revisión de tutela no congela los efectos del fallo de segunda instancia. Es decir que lo que dispone una sentencia de la Corte Suprema sigue vigente entre tanto se agota esa opción.

En concreto, respecto a la orden perentoria que le impartió la Corte Suprema, el ministro de Defensa aseguró: “Con respecto al punto 4 de esa decisión, la Fuerza Pública, en particular el Esmad, no incurre en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019, en los que pudo existir exceso por parte de la fuerza pública, estos corresponderían a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la ley, los reglamentos y protocolos”.

Y agregó: “Esos comportamientos individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la ley, los reglamentos y protocolos, actualmente son objeto de investigaciones penales y disciplinarias por las autoridades competentes, quienes serán las llamadas a establecer, o no, la responsabilidad individual”.

La intervención del ministro agitó el debate. El país está dividido entre quienes lo critican y creen que el funcionario está burlándose de la justicia, y quienes lo aplauden señalando que hace bien en desatender la orden de fallo y buscar que la Corte Constitucional seleccione la tutela para revisión.

¿Qué sigue?

Como la sentencia de tutela le fue notificada al Gobierno ayer martes a las 4 de la tarde, el término de 48 se cumple este jueves a la misma hora. Si para entonces el ministro no ha atendido la orden que le imparte el punto cuarto de la sentencia se expone a un desacato.

Para ello los accionantes (ciudadanos, víctimas, académicos y organizaciones como Dejusticia) deberán presentar la queja, o incidente de desacato, ante el Tribunal Superior de Bogotá, que fue la primera instancia.

Ese es el procedimiento típico. Sin embargo, en la propia sentencia de la Sala Civil hay una salvedad importante. Los magistrados indican que “cuando la Corte lo considere necesario, asumirá la competencia para exigir el obedecimiento de lo aquí ordenado”. Eso significa que los togados de la Corte Suprema anticipaban que habría todo un pulso con el Gobierno y quieren asumirlo directamente.

Volviendo al trámite del episodio de desacato, los magistrados deberán escuchar los argumentos de quienes presentan el incidente y luego deberá correrle traslado al ministro Trujillo, quien podrá explicar por qué no atendió la orden o qué ha hecho para cumplirla.

Vea: Declaración de minDefensa tras fallo de la Corte sobre protestas y Esmad

Luego los magistrados analizarán las razones de lado y lado y resolverán. Si encuentran que la justificación del funcionario no es válida, proferirán una sanción al ministro. Y el castigo podría ser hasta una orden de arresto.

La orden de la Corte Suprema de Justicia fue perentoria y le exigía ofrecer disculpas. Más allá de una resolución jurídica es también una obligación moral y un reconocimiento de una responsabilidad. El ministro ha respondido con una actitud desafiante al no cumplir la orden y eso es un desacato”, señala el penalista Francisco Bernate. El jurista concluye que más grave que un eventual arresto es el mensaje de desinstitucionalización que se produce al tener a un ministro de Estado que desconoce una orden judicial que proviene de la Corte Suprema de Justicia.

Rodrigo Uprimny, investigador de Dejusticia, explicó que este es el conducto regular y que considera que la Corte Constitucional “confirmaría este fallo” de la Corte Suprema. “Un fallo de tutela, incluso en primera instancia una vez se adopta es de inmediato cumplimiento, ósea incluso si yo apelo el fallo eso no me excusa de cumplir”, aseguró.

Por otra parte, Ángela María Buitrago, abogada penalistas y exfiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia, insistió en que una sentencia en “un estado de derecho se debe respetar”, porque esto pone en peligro el equilibrio de poderes. “Lo que estamos mostrando es que los jueces no importan para este país, y que el poder judicial están completamente discutidos por el Ejecutivo”, precisó.