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Hoy Colombia elige a su nuevo presidente. | Foto: Guillermo González

Elecciones 2022

Elecciones 2022 | ¿Cuáles son las sanciones por no asistir como jurado de votación?

Los organismos de control han determinado una serie de condiciones para quienes no cumplan con su rol de jurados. Así mismo, hay excepciones para no asistir.

19 de junio de 2022

Este domingo 19 de junio los colombianos pueden ejercer su derecho al voto consagrado por la Constitución Nacional. En esta oportunidad, se presentarán los comicios para la segunda vuelta en los que se podrá elegir al próximo presidente de la República para el periodo 2022-2026.

En los puntos habilitados en todo el territorio nacional, el tarjetón electoral estará con los dos rostros de los candidatos Gustavo Petro y Rodolfo Hernández. A principios de junio, la Registraduría compartió el diseño de estos cartones y la respectiva organización de los políticos con su fórmula vicepresidencial.

El ente encargado de organizar y dirigir las elecciones comunicó que la Procuraduría, para la jornada electoral, tendrá a su disposición a más de 9.000 funcionarios del Ministerio Público, quienes realizarán una vigilancia preventiva con el fin de que se registren votaciones transparentes. De igual manera, uno de los roles más importantes durante estas elecciones es el de los jurados de votación.

Las personas elegidas como jurados de votación son las encargadas de permitirle al ciudadano efectuar su ejercicio y derecho constitucional de sufragio. Al estar en las urnas, estos sujetos atienden a las personas, manejan el material de votación, diligencian formularios, vigilan las urnas y realizan el conteo de cada voto.

La Registraduría dice que suelen ser asignados seis jurados por cada mesa; tres principales y tres suplentes. Además, al comienzo de la jornada todos deben estar presentes, ver las condiciones de los kits electorales y al finalizar encargarse de quizá lo más importante: la consignación numérica del sufragio por cada candidato en los formularios E14.

La elección de estos ciudadanos se efectúa mediante un software de la entidad del Estado que se nutre con “las listas de ciudadanos que remiten las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos”.

En ese sentido, los jurados de votación son imprescindibles para que la jornada electoral se lleve a cabo. Durante este 19 de junio, los ciudadanos que asumen este rol son los mismos y otros más de las pasadas elecciones del 29 de mayo. Cada uno recibió una capacitación y, por ende, tienen la responsabilidad de asistir a los puntos convocados.

No obstante, hay quienes suelen no acatar la normativa e incumplir con las funciones establecidas. Al no hacer acto de presencia en los puntos de votación, los más de 700.000 ciudadanos elegidos como jurados de votación serán sancionados.

¿Qué pasa si no se asiste a las urnas siendo jurado de votación?

En primer lugar, es necesario precisar que teniendo en cuenta el artículo 105 del Código Electoral, el puesto de jurado de votación es de ‘forzosa aceptación’. En efecto, asistir a las capacitaciones y, en este caso, a los lugares de sufragio es necesario.

Si esto no pasa, los organismos de control de Colombia han determinado establecer multas. De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 163 de 1994, las personas que sin justa causa no ejercen su responsabilidad de jurado de elecciones o abandonen el cargo tienen consecuencias sancionatorias, como: la persona podría ser destituida de su trabajo, si es funcionario público. Pero si no lo es y busca una oportunidad laboral en este sector, su proceso se podría ver afectado.

Sumado a lo anterior, también hay sanciones que tienen que ver con el ámbito económico. En este caso, la ley indica que quienes no acaten su rol podrían tener una multa de hasta diez salarios mínimos mensuales vigentes, un equivalente a 10.000.000 de pesos.

Si el ciudadano no consigna la suma determinada, según la sanción, se le podría abrir un proceso judicial.

Excepciones para no asistir como jurado de votación

Un ciudadano puede quedar exonerado de sus funciones como jurado de votación por causales como:

  • Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo.
  • Muerte de alguna de las personas anteriormente mencionadas, ocurrida el mismo día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a las mismas.
  • No ser residente en el lugar donde fue designado para ser jurado.
  • Ser menor de 18 años.
  • Haberse inscrito para votar en otro municipio.

NOTA: para votar, las urnas estarán habilitadas desde las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m. de este domingo 19 de junio.