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Álvaro Uribe Vélez | Foto: Álvaro Uribe Vélez

JUSTICIA

Exclusivo: el documento de la Corte que le dio la razón a Uribe

Esta es la decisión del auto del Alto Tribunal que dejó el caso del expresidente en el sistema penal acusatorio y que abre el camino jurídico para que levanten su medida de aseguramiento.

5 de octubre de 2020

La decisión de la Corte Suprema sobre el caso del expresidente era la noticia más esperada este lunes en la justicia. Finalmente, los magistrados decidieron seguir la tesis mayoritaria que apuntaba a que el proceso del exmandatario debía pasar de la Ley 600 (el sistema en el que venía del Alto Tribunal) a la Ley 906, que corresponde al sistema penal acusatorio.

Dirimir ese conflicto de jurisdicciones tiene muchas implicaciones en lo que viene para el proceso del exmandatario. La más importante: la definición de su libertad. El caso regresa a la jueza de control de garantías que, después de escuchar a las partes, deberá definir si mantiene la medida de aseguramiento que le impuso la Corte Suprema o si le otorga la libertad.

Este es el documento de la Corte Suprema que definió que el caso debe pasar a la Ley 906.

La Corte Suprema finalmente no se pronunció “sobre la etapa en que debe seguir el proceso”. Los magistrados señalan que le corresponde a la jueza hacer la adecuación procesal, o sea revisar los avances y las decisiones tomadas en el caso cuando este se tramitó por la Ley 600 ante la Corte, y señalar el momento procesal en que este debe continuar ahora en el marco de la Ley 906.

Asuntos como el de la petición de libertad que plantea la defensa de Uribe “le corresponden resolverlos al juez competente”, dice el fallo de la Sala Plena. Así mismo, será asunto de la jueza de garantías determinar qué elementos, evidencias y testimonios practicados por la Sala de Instrucción mantiene en vigencia y cuáles no.

La decisión implica un triunfo relativo para Uribe. En efecto, el expresidente, por medio de sus abogados, solicitó que el caso se continuara desarrollando en el marco del sistema penal acusatorio (Ley 906), tal como ahora lo ratifica la Corte.

Álvaro Uribe comparece ante la audiencia en la que se decidirá sobre su libertad
Álvaro Uribe compareció ante la audiencia en la que se decidirá sobre su libertad. El caso vuelve a la jueza de garantías. | Foto: Pantallazo

Sin embargo, la defensa de Uribe esperaba que tal decisión también implicara de facto que la medida de aseguramiento se cayera en virtud de que el sistema acusatorio señala que para que alguien sea objeto de detención, se requiere imputación previa, y ese paso no se agotó con Uribe. El expresidente fue castigado con casa por cárcel –hace dos meses– cuando la Sala de Instrucción le definió situación jurídica. Ante eso, Uribe renunció al Senado y el expediente, en consecuencia, pasó a la Fiscalía.

Lo que sigue ahora es que la Sala Plena retorne el expediente a la jueza 30 con la providencia que acaban de proferir los miembros de la Corte Suprema. Los magistrados votaron una ponencia presentada por el juez Gerson Chaverra Castro. La ponencia de este togado, en su resuelve décimo, señalaba que todos los avances y las decisiones tomadas originalmente por la Sala de Instrucción cuando estaba a cargo del caso quedaban “a salvo”, es decir que nada podrá ser revaluado. Sin embargo, este lunes los magistrados de la Sala Plena resolvieron eliminar ese punto y, en cambio, le señalan a la jueza que le corresponde a ella, atendiendo a la ley y la jurisprudencia, hacer la adecuación del proceso. Eso significa que la jueza tienen la potestad para tomar las decisiones clave del caso de Uribe.

La defensa de Álvaro Uribe había solicitado que el caso pase a la Ley 906. La Corte Suprema les dio la razón. | Foto: Foto: Henry Agudelo Cano/SEMANA

Ahora será la jueza de garantías la que deberá escuchar los argumentos en favor y en contra de que se revise la medida de detención y tome una decisión final. Lo mismo ocurrirá con cada uno de los elementos que obran en el expediente. Será la jueza la que establezca qué evidencias seguirán teniendo validez en el proceso y cuáles no.

Dos togados integrantes de la Sala Plena se apartaron de la postura mayoritaria: Jaime Moreno y Gerardo Botero. Sin embargo, no se conoce aún cuál fue la postura exacta de estos dos juristas.

Una vez el expediente retorne a la jueza de garantías, esta podrá, al fin, dar inicio a la audiencia de solicitud de libertad requerida por los abogados de Uribe. Esa diligencia ha estado en el limbo, pues cuando se instaló apareció la impugnación a la competencia de la jueza y el caso se fue a la Corte. Los abogados de Uribe en los próximos días podrán argumentar por qué creen que la orden de detención debe ser revaluada. Será la jueza de garantías la que tome la decisión final luego de escuchar a todas las partes.