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Un proyecto del Centro Democrático establece escepciones a la despenalización de la dosis personal | Foto: SEMANA

POLÍTICA

Las profesiones en las que no se permitiría la dosis mínima

Un proyecto del Centro Democrático autoriza al Estado a suministrar dosis controladas para la rehabilitación de adictos, pero plantea sancionar el consumo para ciertas actividades. La sorpresa política es que sea impulsada por el uribismo.

25 de mayo de 2017

Desde que la Corte Constitucional despenalizó la dosis mínima, en 1994, Álvaro Uribe fue uno de los principales opositores de la decisión. Con la bandera de la lucha contra las drogas en la mano, desde el primer día de sus ocho años de gobierno intentó contrarrestar aquella sentencia de Carlos Gaviria, y buscó modificar la Constitución para, de nuevo, prohibir el porte y sancionar el consumo.

Uribe siempre se mostró alarmado por las estadísticas que cada vez más empezaban referenciar a Colombia como un país consumidor, además de su condición de productor de drogas. “La permisividad que hay para el consumo aquí y en muchos países del mundo donde no se sanciona, nos está demostrando que la droga está legalizada”, dijo alguna vez como mandatario.

En 2002: Gobierno propone penalizar la dosis mínima

Su primer intento fue en el referendo del 2003, pero fue fallido porque la Corte Constitucional eliminó la pregunta que pretendía sancionar la dosis mínima, por vicios de forma en su aprobación en el Congreso. 

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Lo consiguió en el último año de su gobierno. En el 2009  promovió una reforma constitucional y sus mayorías en el Congreso le dieron vía libre. “El porte y consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica”, fue una expresión que quedó incluida, desde entonces, dentro del artículo 49 de la Constitución. “Esta reforma no es para llevar a los enfermos a la cárcel”, aclaró Uribe en aquel momento.

En 2009: Corte Constitucional mantiene despenalización de la droga

Casi tres años después, en 2012, la Corte Constitucional determinó que el porte de la dosis mínima de sustancias psicoactivas, como la marihuana o la cocaína, no es penalizable, por lo que quienes la portaran, no debían ser tratados como delincuentes sino como enfermos, por lo que no podrían ser detenidos por las autoridades de Policía.

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Parecía controversia superada, pero el año pasado, un fallo de la Corte Suprema de Justicia determinó que los consumidores de drogas no pueden ser encarcelados por el hecho de portar una dosis superior a la que la ley estableció como dosis personal (un gramo de cocaína, o 22 de marihuana),  siempre y cuando se demuestre que es para el consumo individual.

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Para quienes han venido defiendo políticas poco permisivas frente al consumo de drogas, la decisión de la Corte Suprema podría afectar la persecución de las autoridades contra los expendedores de droga, o jíbaros,  y contra las cabezas de las bandas dedicadas al microtráfico, quienes podrían escudarse en la condición de consumidores para no ser penalizados.

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Ese antecedente sirvió para que el uribismo volviera a plantear el debate sobre la dosis mínima, aunque con posturas diferentes a las prohibicionistas que habían defendido en el pasado.

Samuel Hoyos, representantes del Centro Democrático, ha propuesto una ley que, por un lado, pretende reglamentar algunos vacíos frente a la dosis personal, y por otro permite los centros de consumo controlado en el país, como los que intentó Gustavo Petro durante su administración en Bogotá, pero con mayor regulación. 

El proyecto, que este miércoles fue aprobado en primer debate en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, plantea un componente que podría interpretarse como “represivo” frente a la dosis mínima, pero también ofrece una orientación en términos de atender el consumo como un asunto de salud pública.

Excepciones a la dosis personal

La mencionada sentencia de la Corte Suprema terminó ampliando el rango de la dosis mínima hasta la cantidad (indeterminada) que necesite el consumidor, lo que se denominó la dosis de aprovisionamiento. En otras palabras, a partir de la decisión, nadie que fuera sorprendido portando más cantidad que la dosis personal, podría ser detenido. Para muchos, se creó un vacío en la ley.

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Los que se vieron en aprietos con la sentencia fueron las autoridades de Policía en todo el país, pues la decisión de la Corte los podía maniatar a la hora de decomisar y detener a quienes portaran más de la dosis mínima. Precisamente el organismo tuvo que expedir un protocolo para que la jurisprudencia no alterara la persecución a las bandas del microtráfico.

Para llenar este vacío, el proyecto de Samuel Hoyos obliga al Gobierno a determinar la cantidad de la dosis mínima para cada sustancia. Y traza los límites de la dosis de aprovisionamiento hasta 10 veces la cantidad estipulada como dosis personal.

Sin embargo, el componente más controvertido del proyecto es el que pretende establecer excepciones a la dosis mínima, y sancionar a quienes ejerzan determinados oficios bajo la influencia de psicoactivos.

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Según Hoyos, esta restricción se debe imponer por la trascendencia social o el potencial peligro para la vida de terceros que el consumo pueda implicar en ciertas actividades.

Las profesiones, oficios o actividades clasificadas en este proyecto son aquellas que impliquen manipulación de armas de fuego, como las desarrolladas por las Fuerzas Militares o de Policía, los vigilantes de seguridad privada, y para aquellas personas que tengan salvoconducto de armas de fuego para protección personal o actividades deportivas.

También, aquellas que impliquen la conducción de vehículos automotores para el trasporte terrestre, aéreo, marítimo y fluvial, bien sea de servicio público o de uso particular.

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La restricción aplicaría a todos los funcionarios públicos, a los operarios de maquinaria pesada, y a las profesiones asociadas a las ciencias de la salud, como médicos, instrumentadores, enfermeros, asistentes quirúrgicos.  Igualmente aquellas que impliquen el cuidado, protección y custodia de menores de edad, como profesores, niñeras o madres comunitarias.Como también a los operarios relacionados con actividades de seguridad aeronáutica, caso de los controladores aéreos.

Según la propuesta de Samuel Hoyos, las personas que ejerzan actividades, profesiones u oficios en las que ostenten posición de garante sobre el derecho a la vida e integridad de terceros, estarán sujetas a exámenes periódicos o aleatorios para descartar el consumo y los efectos de sustancias estupefacientes, psicoactivas o psicotrópicas ilícitas, durante el ejercicio de su actividad.

El Gobierno, según el proyecto, tendría la competencia para reglamentar en que deben ser realizados los exámenes, definir en qué casos deben ser periódicos y en cuáles aleatorios, así como las autoridades encargadas de realizarlos y el procedimiento para la imposición de las sanciones.

En la propuesta se establecen sanciones administrativas para restringir la autorización al desempeño de los mismos, que van desde la disuasión, pasando por la pérdida temporal, hasta la pérdida definitiva del derecho a desarrollar la actividad.

Durante el primer debate, la representante Ángela Robledo (Alianza Verde), una de los dos congresistas que votaron contra el proyecto, sostuvo que esta propuesta afectaba el derecho al libre desarrollo de la personalidad, y a la intimidad.

Hoyos, sin embargo, defiende su propuesta en que tanto la Corte Constitucional como la Corte Suprema de Justicia, al salvaguardar la dosis mínima como un desarrollo del derecho al libre desarrollo de la personalidad, “ha sido clara al definir que esta se justifica en la medida en que la conducta no trasciende la esfera personal del individuo. En esa medida, se justifican limitaciones que devengan de actividades en desarrollo de las cuales el consumo de esas sustancias trasciende la esfera personal del individuo.

Del Camad de Petro al que propone el uribismo

Aunque el uribismo se opuso a la administración de Gustavo Petro, la propuesta para disminuir la criminalidad asociada al consuma de drogas, es similar a la del exalcalde de Bogotá.

El proyecto autoriza al Estado la posibilidad de suministrar sustancias psicoactivas o estupefacientes en centros controlados de consumo. El mismo modelo que implementó Petro, pero en este caso sería en todo el país.

Samuel Hoyos dice que el modelo es similar pero que la aplicación será diferente para que no fracasen como, en su criterio, sucedió con los llamados Camad, que se convirtieron solo en suministro de drogas para habitantes de la calle que terminaban consumiendo en el espacio público.

El congresista asegura que el modelo es pertinente, pero se debe desarrollar en un ambiente controlado, con supervisión médica, y como parte de un tratamiento de rehabilitación integral. 

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Por eso no deja de ser llamativo que el uribismo coincida con Petro al menos en el modelo de afrontar el consumo de drogas como un asunto de salud pública.

Se podría pensar que esta propuesta podría ser vista con reservas por el jefe natural del Centro Democrático, el senador Álvaro Uribe, por las posiciones históricas que ha defendido frente al tema de las drogas. Sin embargo Hoyos asegura que fue el primero que lo apoyó cuando diseñó su propuesta. La dosis mínima, un debate que parecía zanjado, revive por cuenta de una propuesta del uribismo.