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Mujeres, con pancartas y pañoletas verdes, exigen que se les reconozcan sus derechos a la salud sexual y reproductiva a través de la despenalización del aborto.
Mujeres, con pancartas y pañoletas verdes, exigen que se les reconozcan sus derechos a la salud sexual y reproductiva a través de la despenalización del aborto. | Foto: Revista Semana

Un round más en la Corte: organizaciones de mujeres buscan despenalizar el aborto

El movimiento Causa Justa radicó una demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo del Código Penal que tipifica como delito la interrupción voluntaria del embarazo. Estos son sus argumentos.

17 de septiembre de 2020

Seis meses de esfuerzo le ha tomado al movimiento Causa Justa redactar la demanda de inconstitucionalidad que ahora reposa en uno de los despachos de la Corte Constitucional. Desde marzo, una serie de organizaciones que hacen parte del movimiento empezó a reunir apoyo de distintos sectores de la sociedad para estructurar una acción jurídica cuyo objetivo es conseguir la despenalización total del aborto en el país. Actualmente, a las mujeres colombianas solo se les está permitido abortar si encuentran en alguna de las tres causales estipuladas por la jurisprudencia: (i) cuando exista peligro para la salud mental o física de la mujer, (ii) cuando exista grave malformación del feto o (iii) en casos de violación.

La pretensión de esta demanda, en cambio, es que las mujeres puedan interrumpir voluntariamente su embarazo independientemente de si están o no bajo alguno de estos escenarios. Es decir, tener la capacidad de decidir sobre sus cuerpos y abortar sin ninguna restricción de orden legal. Y para lograrlo aspiran a demostrar que el artículo 122 del Código Penal, el cual establece penas de uno a tres años para las mujeres que causen su aborto o permitan que otro se los cause, atenta contra los derechos fundamentales contemplados en la Constitución Nacional.

A las afueras del Palacio de Justicia en Bogotá, mujeres exigen que se se tumbe el artículo del Código Penal que tipifica la interrupción del embarazo como delito.
A las afueras del Palacio de Justicia en Bogotá, mujeres exigen que se se tumbe el artículo del Código Penal que tipifica la interrupción del embarazo como delito. | Foto: Causa Justa

La tarea no es sencilla porque un potencial fallo favorable modificaría la postura de la Corte Constitucional que desde 2006 —año en que condicionó la interrupción del embarazo a tres causales— se ha mantenido quieta. A la fecha, la mayoría de los magistrados que conforman esta alta corte podrían ser denominados liberales o progresistas, pero esto no es sinónimo de éxito para una acción que se entromete con un asunto tan espinoso como este. Serán necesarios varios argumentos de peso y, preferiblemente, que el expediente caiga en manos de un magistrado que en su ponencia proyecte una providencia conveniente hacia la despenalización.

La demanda

A partir de investigaciones y estudios, Causa Justa concluyó que existen barreras estructurales que aún impiden que a las mujeres se les practique un aborto seguro a pesar de que estén amparadas por alguna de las tres causales. Por ejemplo, encontraron que la falta de conocimiento legal, la interpretación restrictiva de las normas y las fallas en la prestación del servicio de salud son realidades reinantes en Colombia y que se ven seriamente ahondadas por el hecho de que el aborto sea considerado un delito y se mantenga en el Código Penal. Básicamente, si el aborto continúa siendo tipificado, así sea parcialmente, es altamente probable que las mujeres no puedan acceder a él.

La violación del derecho a la salud es otro de los motivos esbozados en la acción. Advirtiendo que la interrupción voluntaria del embarazo es un componente de la salud reproductiva y esta última es, a su vez, “esencial para la realización de todos los derechos humanos” de las mujeres, las accionantes aseguran que quienes no están en alguna de las tres causales deben exponerse a abortos inseguros y, por ende, padecer consecuencias negativas en su salud. La penalización, en conclusión, impide que el Estado despliegue las acciones suficientes para garantizar “el acceso pleno y sin barreras” a la salud sexual y reproductiva de la población femenina.

Diferentes movimientos de mujeres presentaron una demanda de inconstitucionalidad que tiene como última finalidad despenalizar totalmente el aborto en Colombia.
Diferentes movimientos de mujeres presentaron una demanda de inconstitucionalidad que tiene como última finalidad despenalizar totalmente el aborto en Colombia. | Foto: Causa Justa

También recordaron que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) recomendó a Colombia la eliminación de leyes restrictivas en este aspecto: “de conformidad con la sentencia C-355 de la Corte Constitucional, de 2006, apruebe una ley que legalice el aborto en los casos de violación, incesto, riesgo para la salud física o mental o la vida de la mujer embarazada y malformación grave del feto, y despenalice el aborto en todos los demás casos”. Y añadieron que la penalización representa una carga todavía mayor para mujeres en estados de vulnerabilidad y pobreza, así como para aquellas que provienen de otros países y se encuentra en el país en condición irregular.

Registros de la Fiscalía General de la Nación demuestran que de las 910 mujeres denunciadas por el delito de aborto, 29,77 por ciento están en los registros del ente de control por haber sido víctimas de algún delito. De esta porción, 30 por ciento sufrieron violencia intrafamiliar, 26 por ciento lesiones personales y 11 por ciento delitos sexuales.

Con respecto a los profesionales de la salud que llevan a cabo estos procedimientos, la demanda resalta el riesgo que corren frente a las autoridades judiciales si se considera que lo hicieron por fuera de las tres causales estipuladas —interpretadas usualmente de forma conservadora y poco amplia— y las posibles penas de cárcel a las que se exponen. Su licencia médica también estaría en juego. Adicionalmente, revela que desde su formación académica, remontándose a los años de su pregrado, a estas personas no se les enseña cómo lidiar con pacientes que desean abortar.

“A partir de un estudio que analizó los currículos de cuatro facultades de medicina en Colombia (públicas y privadas), se evidenció que ningún currículo expresa de manera detallada las estrategias pedagógicas en relación con la interrupción voluntaria del embarazo” alega la demanda.

Vea: ¿Aborto en Colombia debe ser libre? Corte decide

Por último, Causa Justa refutó la idoneidad del derecho penal para tratar el aborto. Citando las conclusiones de la Comisión de Política Criminal, encargada de evaluar el impacto previo y posterior de las medidas que se toman en materia de derecho penal en el país, la demanda reitera que la penalización es la vía errónea para abordar esta problemática.

“La penalización severa del aborto, sobre todo cuando no se acompaña de campañas para prevenir el embarazo no deseado, no evita los abortos y en cambio genera prácticas clandestinas de aborto que afectan la salud de las mujeres, en especial de aquellas más pobres, que son las que sufren más embarazos no deseados y tienen que abortar en las peores condiciones de salubridad” dictaminó la Comisión en 2012.

Pero sus posturas, por más fuertes que parezcan, pueden tambalear en una Corte Constitucional que, de mantener su precedente, echaría a la borda un nuevo intento por abolir las restricciones que todavía existen sobre el aborto. Así inicia un caso que dentro de unos meses dará mucho de qué hablar.