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La Constitución de 1991 no se basa en el cumplimiento de la ley sino en el respeto de los derechos

Es por esto que acompaño con toda convicción la propuesta del joven alcalde electo de Medellín, pero no para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, sino para que se realice un cumplimento real y material de los presupuestos previstos en la Constitución de 1991.

Marco Tulio Gutiérrez Morad, Marco Tulio Gutiérrez Morad
25 de noviembre de 2019

Con esta afirmación el expresidente César Gaviria respondió a Roberto Pombo una pregunta sobre la Constitución del 91 al cumplir 20 años desde su promulgación, afirmación que compartimos pero que nos abre una primera inquietud basada en preguntarnos ¿hasta dónde el Estado colombiano ha podido responder al "respeto de los derechos" y volver tangible el cambio del uso de la fuerza por la afirmación mencionada?

Podemos realizar un rápido ejercicio y encontrar que lo sucedido fue que redactamos una carta para Dinamarca y no para Cundinamarca, En efecto, el país se vanagloria de una Constitución garantista de los derechos siempre y cuando no toque los propios, algo así como "la función social de la propiedad privada" de la cual habló López con la Ley 200 de 1936 pero que nunca pudimos ejecutar en forma siquiera sumaria. Debemos entonces entender que sea como llamemos la cosa el presidente Duque debe realizar el papel más difícil porque le tocará bailar con la fea de la fiesta y conseguir el ritmo para que el baile se ponga bueno. Podemos afirmar sin ningún temor que salvo el trabajo de la Corte Constitucional en este sentido y salvo excepciones relacionadas con el Sisbén y otros menores logros la premisa de la aplicación de los derechos tiene asiento en la realidad colombiana. El Congreso de Colombia viene pasando agachado frente a los temas de la gente, sus líderes cada día más desconectados de muchas realidades de los colombianos, puedo contar por ejemplo que llevamos dos años tratando de ayudar a los profesionales colombianos que estudiaron en el exterior con ingentes sacrificios y nunca pudieron validar sus títulos por la ineficiencia de los burócratas de MinEducacion, ningún parlamentario se interesa más allá de la gentileza afirmando que les preocupa el tema.

No vamos a hablar de más de la mitad de los colombianos que no saben y no entienden que hay una Constitución que los ampara y protege, o será que un niño de Bahía Solano, de Mecana o Nabuga,  pueden decir que allá eso existe, podrán los niños de la Alta Guajira o del Guarrojo en el Vichada saber que en Colombia, su país, existe un Estado con una Constitución que reemplazó el uso de la fuerza por el reconocimiento de los derechos del ciudadano colombiano. Precisamente el problema radica en la falta de conexión entre la garantista carta política con la realidad que vive nuestra patria, en este entender al realizar un detenido y juicioso estudio del catálogo de derechos fundamentales previstos en nuestra carta encontramos que el constituyente en su ejercicio de 1991, incluyó los derechos de primera, segunda y tercera generación, incluso desarrollando los derechos denominados de cuarta generación, configurándose así una sofisticada estructura plurigarantista, sin embargo, el problema precisamente ha estado en la constante confusión entre la protección del derecho y la efectiva aplicación de este, en este entender mediante la acción de amparo constitucional prevista en el artículo 86 de la carta, la protección de los derechos se llevó y se puso en cabeza de todos los ciudadanos, acierto, que mediante el decreto 2595 de 1991, configuró una verdadera jurisdicción constitucional, que dotó a los ciudadanos de a pie la posibilidad de ejercer, una protección inmediata de su derecho a través de una acción sumaria, informal  y eficiente, sin embargo, la problemática se centra no en la protección de las garantías, sino en la imperiosa necesidad que el amplio inventario de derechos surja a la vida jurídica, hoy por hoy, después de veintiocho años de vigencia, muchas de las garantías previstas en la carta no son suceptibles de ser desarrolladas o satisfechas por que sencillamente nuestros poderes ejecutivos, legislativos y judiciales no han logrado materializar estas instituciones, por ejemplo, el derecho previsto en el artículo 22 el cual proclama el derecho a la paz, ¿Cómo garantizar la estricta literalidad prevista en este artículo?, máxime cuando su texto señala que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, así mismo, derechos como el de la educación, el trabajo, la vivienda digna o el mínimo vital, están acompañados de nutrida y abultada legislación que los fundamenta, pero en la práctica, lejos estamos en nuestra patria de lograr que estas garantías puedan ser entendidas como un derecho de real aplicación, nuestra juventud no puede acceder a cupos universitarios, los que logran terminar una carrera, deben vivir el titánico desafío de conseguir un trabajo, quien se vincula formalmente a la vida laboral, vive inmerso en la zozobra de saber si se logrará algún día pensionar, en este entender la anacronía que se presenta entre la literalidad de los principios, garantías y deberes contemplados en los primeros 112 artículos de nuestra carta con la realidad, es la que ha colmado la paciencia de la ciudadanía, es por esto, precisamente por la frustración de ver que nuestro estado contempla formalmente toda una serie de garantías que nos son satisfechas, que la ciudadanía se agotó, es claro que los sucesos que se presentan desde el pasado 21 de noviembre no son una consigna de la derecha o la izquierda, es sencillamente el clamor de un pueblo que se cansó, que no puede seguir siendo un silencioso testigo de cómo el Estado cada vez lo excluye más y más, de cómo nuestro sofisticado sistema constitucional solo se traduce en palabras escritas en un texto, que no se aplican a la cotidianidad de la gente.

Es por esto que acompaño con toda convicción la propuesta del joven alcalde electo de Medellín, pero no para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, sino para que se realice un  cumplimento real y material de los presupuestos previstos en la Constitución de 1991, si no lo hacemos habremos perdido la oportunidad de un país posible donde valga la pena que nuestros hijos y nietos sepan que existe esa Constitución que reemplazó la fuerza por el reconocimiento y exaltación de los derechos de todos los ciudadanos.

P.D.: Seguimos rechazando todos los hechos vandálicos que han venido lacerando y mancillando nuestro sistema de transporte, no hay justificación alguna para destruir el medio que garantiza que millones de personas logren movilizarse de sus residencias a sus lugares de trabajo, todo el peso de la ley contra los que dolosamente han convocado y han destruido nuestra infraestructura de movilidad, entendamos que las legítimas demandas deben ser ejercidas desde la conversación y la deliberación y no a través de la fuerza o la violencia.

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