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Los puntos sobre las íes, inconsistencias frente a Nicaragua

¿No será, señora ministra, que abandonar a su suerte nuestros derechos en cuanto al reclamo nicaragüense sobre la Plataforma Continental Extendida es “Una irresponsabilidad histórica con el país”?

Semana.Com
7 de abril de 2016

Ante artículos como el de nuestro distinguido embajador en el Reino Unido (El Tiempo, 3 de abril 2.016) es necesario volver sobre el tema de nuestros diferendos con Nicaragua. Lo primero será decir que no se pueden desconocer los fallos de la C.I.J. y proclamarse simultáneamente respetuoso del orden jurídico internacional. Lo segundo, que no es viable invocar la sentencia de la Corte Constitucional ni el a.101 de la C.P. en esta disputa. Lo prohíbe el a.27 de la Convención sobre el Derecho de los Tratados: “Una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”. Tercero, que quien dice el derecho en este conflicto con Nicaragua es la C.I.J. que ya se declaró competente y no aceptó la excepción preliminar de cosa juzgada en el punto relacionado con la Plataforma Continental Extendida. Cuarto, respecto de su alusión a la Comisión de Límites, el doctor Juan Daniel Jaramillo ha aclarado “que la Comisión de Límites no es una instancia dentro de los conflictos de derecho del mar” (El Nuevo Siglo, 4 abril/16, p.18).

Desde otro punto de vista, señala el expresidente César Gaviria sobre el diferendo con Nicaragua: “La administración Pastrana tomó la decisión correcta de defendernos de una demanda en la que Nicaragua pretendía quedarse con San Andrés y Providencia. Hay internacionalistas que dicen que fue un error, yo no lo aprecio así” (EL Tiempo, 22 de marzo de 2.016) (Negrillas, mías). Estoy de acuerdo. Si a uno lo demandan ante cualquier juez, uno naturalmente concurre a su defensa. Es un derecho constitucional fundamental. Y si a Colombia la demandan ante la Corte Internacional de Justicia debe concurrir a defenderse. No se puede retirar en la mitad del proceso.

Ahora que Nicaragua pretende quedarse con una franja del lecho y el subsuelo de las áreas marinas más allá de las 200 millas contadas a partir de su costa, que reclama bajo el nombre de Plataforma Continental Extendida, no es posible que el gobierno, sin comprometer gravemente su responsabilidad y los intereses del país, renuncie a la defensa de éstos ante semejante pretensión. De no hacerlo le estará dando una ventaja inexplicable a Nicaragua conforme al texto del artículo a.53 del Estatuto de la Corte que dice: “1. Cuando una de las partes no comparezca ante la Corte, o se abstenga de defender su caso, la otra parte podrá pedir a la Corte que decida a su favor".


2. Antes de dictar su decisión, la Corte deberá asegurarse no sólo de que tiene competencia conforme a las disposiciones de los Artículos 36 y 37, sino también de que la demanda está bien fundada en cuanto a los hechos y al derecho”.

Bien fundada la demanda en cuanto a los hechos y al derecho no significa que Nicaragua tenga razón. Sino que está basada en unos hechos y respaldada por unas consideraciones de derecho. Hechos que pueden ser controvertidos (debate probatorio) y razones jurídicas que también pueden serlo (fundamentos de derecho). En otros términos, presentada la demanda en forma por parte de Nicaragua y ante el pedido a la C.I.J. de que decida a su favor respecto de la Plataforma Continental Extendida, la C.I.J. se verá en dificultades para no hacerlo, gracias al abandono del proceso por parte de Colombia. ¡Inconcebible!

Quizá si el gobierno Pastrana hubiera tomado la decisión de no concurrir ante la Corte a defender a San Andrés y Providencia y Santa Catalina y demás islas, islotes y callos como parte del territorio colombiano, ante las peticiones nicaragüenses, o se hubiera retirado del proceso, hoy podríamos estar lamentando una mutilación de nuestro territorio. Es la razón por la cual quiero insistir una vez más en la necesidad de que Colombia rectifique su posición y se haga presente en el proceso a defender los derechos del país ante la C.I.J. en lugar de dejarlos expósitos.

Dice nuestra ministra de Relaciones Exteriores, refiriéndose a las excepciones preliminares presentadas por Colombia: “No haberlas presentado, como algunos plantearon, hubiera sido una irresponsabilidad histórica con el país y estaríamos frente a una decisión de fondo con relación a todos estos temas”. (Semana, edición 1770, p.42).

¿No será, señora ministra, que abandonar a su suerte nuestros derechos en cuanto al reclamo nicaragüense sobre la Plataforma Continental Extendida es “Una irresponsabilidad histórica con el país”?

Es una lástima que la clase gobernante colombiana vea los árboles pero no el bosque. Que no mire la foto en su conjunto. Que no tenga una visión estructural y sistemática de los problemas que le permita ser coherente. Es cierto que mantener la perspectiva no siempre es fácil pero en este caso de Nicaragua es necesario.

He citado dos casos en que le ha ido bien a Colombia, según el expresidente Gaviria y según la ministra Holguín, por qué concurrieron ante la C.I.J. a defender los derechos de Colombia, ¿qué coherencia hay entre esa actitud y la de no actuar de la misma manera frente a la demanda nicaragüense de una plataforma continental extendida que pretende 150 millas marinas más allá del límite de las 200?, ¿no linda esa conducta con el absurdo?

*Constituyente 1.991

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