Política
CNE habilita a Temístocles Ortega y Ana María Castañeda para votar en la elección del magistrado de la Corte Constitucional
La decisión la tomó la magistrada Alba Lucía Velásquez, quien llegó a ese organismo por postulación del Pacto Histórico.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió dos medidas cautelares de urgencia y levantó la sanción que le aplicó Cambio Radical a los congresistas Temístocles Ortega y Ana María Castañeda, habilitándolos para votar en la elección del próximo magistrado de la Corte Constitucional.
Como se recordará, ese partido político castigó a los dos senadores sin voz ni voto por un año por negarse a tomar postura en contra de la consulta popular que radicó el Gobierno Petro, donde se pretendió refrendar la reforma laboral en las urnas. Ellos se ausentaron de las sesiones donde se discutió la iniciativa.
Los dos legisladores acudieron al CNE para impugnar la determinación de Cambio Radical, y a horas de una de las decisiones más clave del Congreso de este año, donde el Gobierno se disputa con la oposición una silla de la Corte, se levantó la sanción y pueden votar, lo que podría beneficiar a la Casa de Nariño.
La magistrada Fabiola Márquez acogió la defensa de Temístocles Ortega: “Decretar medida cautelar de urgencia, respecto a la suspensión provisional de la decisión tomada del Consejo de Control Ético y el Acta No 121 del 30 de julio de 2025 del Comité Central del partido Cambio Radical”.

Y la magistrada Alba Lucía Velásquez lo hizo con Ana María Castañeda: “Este despacho decretó medida cautelar en favor de la senadora, consistente en la suspensión provisional de los efectos de las sanciones impuestas por el Consejo de Control Ético y el Comité Central del partido Cambio Radical, hasta tanto no se profiera decisión de fondo sobre la impugnación interpuesta”.
En una carta remitida a la secretaría del Senado, Velásquez aclaró que la medida cautelar tiene carácter provisional y preventivo, y “no constituye pronunciamiento alguno sobre la validez de los actos impugnados. Su finalidad radica en evitar un perjuicio grave e irreparable, salvaguardando el debido proceso y los derechos políticos de la congresista y de los ciudadanos que representa”.
En esa misma comunicación, la magistrada contó que Ana María Castañeda conserva íntegramente sus derechos políticos, incluido el ejercicio del derecho al voto en el Congreso, así como todas sus funciones parlamentarias.
El presidente Petro ya había sentado posición sobre la sanción de Cambio Radical a los senadores: “Quitar derechos políticos solo es posible por juez penal, según la convención americana de Derechos Humanos, que es ley y Constitución de Colombia”.