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Rota el pico y placa en Cali para este viernes, 28 de noviembre; consulte si tiene restricción y evite multas

La medida aplica para todos los carros particulares que circulen o ingresen a la capital vallecaucana.

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27 de noviembre de 2025, 5:54 p. m.
La Secretaría de Movilidad de Cali recordó que este martes, 26 de agosto de 2025, estará en vigencia la medida de pico y placa.
La Secretaría de Movilidad de Cali mantendrá operativos de control para verificar el cumplimiento del pico y placa. | Foto: Secretaría de Movilidad de Cali

Cali mantendrá este viernes, 28 de noviembre, la restricción de pico y placa para vehículos particulares, una medida que busca mejorar la movilidad y mitigar la congestión vehicular en las principales vías de la capital vallecaucana.

Rotación del pico y placa en Cali para el segundo semestre del 2025.
Rotación del pico y placa en Cali para el segundo semestre del 2025. | Foto: Foto: cortesía Alcaldía de Cali

Según informó la Secretaría de Movilidad de Cali, este viernes, 28 de noviembre, no podrán circular los automóviles cuyas placas finalicen en 1 y 2, en un horario comprendido entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., tanto dentro del perímetro urbano como en las vías de ingreso y salida de la ciudad.

La medida hace parte del plan de ordenamiento vial impulsado por la Alcaldía.

Para garantizar el cumplimiento de esta disposición, se desplegarán controles operativos en diferentes sectores estratégicos de la ciudad, con presencia activa de agentes de tránsito que verificarán el cumplimiento de la normativa.

El secretario de Movilidad, Wilmer Tabares, reiteró que el incumplimiento de la medida acarreará sanciones económicas y la inmovilización del vehículo, de acuerdo con lo estipulado por el Código Nacional de Tránsito.

Vehículos exentos del pico y placa

Tal como lo establece el Decreto 4112.010.20.1233 del 31 de diciembre de 2024, algunos tipos de vehículos están exentos de esta restricción, entre ellos:

  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Transporte público colectivo e individual.
  • Motocicletas.
  • Vehículos oficiales.
  • Automóviles conducidos por personas con movilidad reducida.

Para beneficiarse de estas exenciones, los propietarios debieron haber realizado el registro o actualización de su vehículo antes del 5 de enero de 2025 ante la Secretaría de Movilidad.

Cabe destacar que esta medida no aplica los fines de semana ni los días festivos, lo que permite una mayor flexibilidad para quienes se movilizan esos días.

Aun así, las autoridades recomiendan a los ciudadanos planificar sus recorridos con anticipación para evitar contratiempos y posibles sanciones.

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