La expectativa, con la llegada del nuevo Gobierno, se centra en el rumbo de la regulación, la seguridad jurídica en la gestión del espectro y la efectividad de los controles tarifarios.
Frente al nuevo entorno político y la posibilidad de modificar los condicionamientos impuestos a la fusión Tigo-Movistar, los expertos consultados coinciden en que la agenda de libre mercado no se traduce en un desmantelamiento de las reglas de juego. Andrés Fernández de Castro y Sergio Michelsen, de Brigard Urrutia, señalan que “el libre mercado y la reducción del Estado que propone la nueva administración de Abelardo De La Espriella tendrán como consecuencia una mayor flexibilidad en la entrada de jugadores privados”. No obstante, prevén un escenario hacia la “flexibilización de condicionamientos en integraciones y fusiones” y la “transición de regulación ex ante a fiscalización ex post”.
Por su parte, desde la perspectiva del derecho de la competencia, Diego Cardona, socio de Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du Uría (PPU), aclara el rigor técnico del proceso. “Los condicionamientos que la SIC impuso a la fusión Tigo-Movistar corresponden a obligaciones incorporadas en un acto administrativo, que goza de presunción de legalidad y crea situaciones jurídicas que, en principio, no podrían desconocerse como consecuencia del cambio de Gobierno”, aseguró.
Respecto a la dominancia del mercado y los instrumentos de inspección, Juan Sebastián Gómez, asociado de PPU, advierte que “la falta de controles y de medidas adicionales para contrarrestar la posición del operador dominante puede ser perjudicial para la competencia”. En materia de posibles colusiones o acuerdos de precios entre los gigantes del sector, Gómez recuerda que la SIC “puede iniciar una investigación administrativa de oficio o a petición de parte por la realización de acuerdos anticompetitivos” o por “prácticas conscientemente paralelas”, las cuales conllevan sanciones de “hasta 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para personas jurídicas, así como multas de 2.000 SMLMV para las personas naturales involucradas”.
En cuanto a la condición de Claro, Felipe Serrano, socio director de Serrano Martínez, precisa que “la fusión Tigo-Movistar no modifica por sí misma la calidad de dominante que las autoridades públicas hayan establecido respecto a determinado agente”, requiriendo análisis posteriores de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) para evaluar la presión competitiva real.
Espectro enredado
Uno de los puntos de mayor debate jurídico es la intención del MinTIC del Gobierno Petro de modificar los topes de espectro mediante resolución ministerial en lugar de decreto presidencial. Los abogados consultados sostienen reservas sobre el impacto institucional de la medida. David Toro, asociado principal de Garrigues, explica que “el problema no es la figura, sino el propósito que cumple el tope de espectro. Nace como una herramienta para balancear la cancha, pero puede generar incentivos inconvenientes que frenan la innovación”.
Así mismo, Gómez opina que la medida “puede generar riesgos para la seguridad jurídica del sector” e indica que “lo recomendable sería que una modificación de esta naturaleza se tramite mediante decreto presidencial, de forma que refleje una definición de política sectorial de alto nivel”.
En cuanto a la reversión de espectro derivada de la integración y el acceso de actores más pequeños, Gómez indica que “esa disponibilidad formal no se traduce necesariamente en acceso efectivo para operadores de menor tamaño, si estos no cuentan con la capacidad financiera, técnica o estratégica”.
Sobre el repunte bursátil atípico de ETB, los voceros de Brigard Urrutia afirman que este “responde principalmente a un fenómeno propio del momento que atraviesa la industria de las telecomunicaciones, la migración de redes de cable coaxial hacia fibra óptica” y a su transformación hacia un modelo “Techco”. Ante la eventualidad de una venta o alianza de la empresa capitalina, Diego Cardona y Felipe Serrano coinciden en que cualquier operación con un competidor exigiría someterse a un control de integraciones empresariales de carácter ex ante ante la SIC.
Finalmente, otro tema que genera atención es un eventual control de precios e intervención tarifaria ante posibles presiones inflacionarias por concentración. Al respecto, los juristas concuerdan en que la CRC posee la facultad legal, aunque su aplicación es excepcional. Danilo Romero, socio en Holland & Knight, resalta la importancia institucional al señalar que “es clave que entidades como SIC y CRC garanticen que los mecanismos regulatorios sean verdaderamente efectivos para garantizar que el mercado se mantenga en real competencia”. Por su parte, Toro subraya que “con todas las medidas efectivamente probadas que se han tomado en estos mercados, es discutible que se cumplieran todos los criterios de necesidad, proporcionalidad y de corrección de falla de mercado”.
La reconfiguración del mapa de las telecomunicaciones en Colombia exige un balance preciso entre la libertad económica y el rigor de la vigilancia técnica. El desafío para las autoridades regulatorias y los nuevos tomadores de decisión residirá en fomentar la inversión privada y la simplificación de trámites, sin descuidar las garantías institucionales ni la libre competencia que protegen al usuario final.