La Sala Especial de Primera Instancia dejó en firme la medida de aseguramiento que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia ya había ordenado contra el expresidente de la Cámara, Andrés Calle, por el caso de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo.
El magistrado Jorge Emilio Caldas, integrante de la Sala de Primera Instancia, fue el encargado de resolver una solicitud de revocatoria que presentó la defensa del congresista del Partido Liberal, contra la resolución emitida el pasado 7 de mayo de este año, cuando la Sala de Instrucción ordenó que debía estar en una cárcel mientras avanzaba el proceso.
El documento firmado por los tres magistrados de la Sala Especial de Primera Instancia ordenó “no revocar la medida de aseguramiento impuesta por la Sala Especial de Instrucción mediante proveído AEI-091-2025”.
Este proceso arrancó cuando la defensa de Calle Aguas solicitó la revocatoria de la medida de aseguramiento en la cárcel, impuesta en su momento para resolver su situación jurídica que, para esa época, estaba en la Sala de Instrucción.
La defensa del expresidente de la Cámara de Representantes presentó ese recurso argumentado que la renuncia del congresista a su curul y al Partido Liberal, dejaban sin sustento la finalidad de la Corte Suprema para privarlo de la libertad.
Sin embargo, el alto tribunal detalló en esta nueva decisión que la medida impuesta contra Calle fue para evitar el peligro para la comunidad y explicaron que “contrario a la base argumentativa de la defensa (...) no se basó únicamente en la posibilidad de continuar delinquiendo desde su rol como congresista, que en ese momento poseía”.
La Corte también explicó que la gravedad de la conducta no era propiamente la dignidad que tenía Andrés Calle, sino la representatividad política y electoral, lo que potencia la gravedad de sus comportamientos por los que está siendo investigado. Además, aclararon que dicha “representatividad” no desaparece de manera automática con su renuncia al Congreso y al partido que representaba.
“En conclusión, pese a la renuncia como congresista y militante del Partido Liberal de Andrés Calle, la base principal para sustentar el peligro para la comunidad como finalidad de la medida de aseguramiento impuesta, continua vigente, por lo tanto, no es procedente revocar la misma”, dice el fallo.
Hay que recordar que el representante a la Cámara, Andrés Calle, terminó en la cárcel La Picota, en el sur de Bogotá, luego de que los exdirectivos de la UNGRD, Olmedo López y Sneyder Pinilla, lo salpicaron con la entrega de 1.000 millones de pesos que habrían salido para comprar 40 carrotanques que iban a suministrar agua potable en La Guajira, a cambio de supuestamente apoyar las reformas del Gobierno Petro.