Este miércoles 22 de junio quedó establecido mediante decreto por las autoridades como el Día Metropolitano Sin Carro y Moto. Los bumangueses y su área metropolitana durante 12 horas gozarán de un aire más puro sin contaminación.

La medida aplica para vehículos particulares y motocicletas, esta restricción estará vigente desde las 6:00 a. m. y se extenderá hasta las 8:00 p. m. Afectará la movilidad vehicular en la Ciudad Bonita, y en los municipios de Floridablanca, Girón y Piedecuesta.

Esto se da con el fin de: “promover la cultura ciudadana en el uso de sistemas de transporte público, sistemas alternativos y la cultura ambiental, generando una experiencia colectiva positiva en la disminución de la contaminación auditiva, la accidentalidad, las emisiones de gases de efecto invernadero y material particulado proveniente de los vehículos”, según señaló la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB).

Así mismo, los organizadores indicaron que para saber si esta medida contribuye a la reducción de los niveles de contaminación del aire, se instalarán medidores en diferentes puntos de la ciudad.

“Buscamos, con este Día sin carro, ayudar al medio ambiente y reducir los niveles de contaminación. Estaremos midiendo los niveles en diferentes puntos”, dijo Ferley González, director de Tránsito de la capital santandereana.

En ese sentido, el Sistema Integrado de Transporte Masivo (SITM) Metrolínea informó que ajustará su operación para que los ciudadanos no tengan inconvenientes en los desplazamientos que deban realizar durante este día.

Vehículos exentos

Según la Resolución 229 del 15 de junio de 2022, expedida por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, estos son los vehículos a los que no los cobija la medida:

  • Transporte público urbano de pasajeros: Sistema de transporte masivo colectivo e individual.
  • Los vehículos que conforman las caravanas presidenciales, vehículos oficiales, vehículos diplomáticos, bomberos, cruz roja, defensa civil y recolectores de basura.
  • Vehículos de propiedad de las fuerzas Militares, Policía Nacional, criminalística, Unidad Nacional de Protección, INPEC y Fiscalía, destinados al transporte de sus funcionarios o del personal detenido y en general, los de propiedad de los organismos de seguridad del Estado plenamente identificados.
  • Autoridades de Tránsito y Control.
  • Vehículos conducidos por personas con discapacidad, cuyos automotores se encuentren debidamente acondicionados a sus necesidades y los utilizados para el transporte de personas con discapacidad, siempre y cuando estos estén ocupando el vehículo debidamente certificado por la E.P.S.
  • Vehículos que estén ocupados por los diputados, alcaldes, gobernadores y concejales en ejercicio debidamente identificados.
  • Vehículos de servicios de asistencia médica especializada identificados externamente, los de emergencia en salud demarcados con identificación permanente (ambulancias, transporte de materiales logísticos), los conducidos por médicos o paramédicos que cumplan labores de urgencia, demarcados con identificación permanente de propiedad de las empresas y /o que estén vinculados mediante contrato debidamente certificado y vigente.
  • Vehículos destinados a carrozas fúnebres y de asistencias a funerarias.
  • Vehículos automotores propulsados por motores eléctricos.
  • Vehículos que estén ocupados por Magistrados, Jueces, Procuradores, Investigadores, Fiscales, Contralor del Municipio de Bucaramanga, Personero, Defensor del Pueblo, Registrador del Estado Civil.
  • Vehículos que estén ocupados por personal de prensa y comunicación, plenamente identificados.