El Ministerio de Transporte emitió la resolución 20253040037125, en la que definió los nuevos lineamientos para los exámenes que deben presentar los interesados en renovar su licencia de conducción o para quienes quieran obtenerla por primera vez.
En la resolución, además de señalar cómo se dará la creación de los nuevos Centros de Apoyo Logístico y de Evaluación (CALE), en lugar de las populares escuelas de conducción, para tramitar los exámenes teóricos y prácticos, se deja claro el procedimiento para presentar dichas pruebas.
Luego del examen teórico, es necesaria una prueba de destreza individual, la cual evalúa las habilidades del aspirante para maniobrar un vehículo automotor.
Esta prueba se realiza en una pista cerrada al tránsito de vehículos. Las maniobras que hacen parte de esta prueba están establecidas por el Ministerio de Transporte y se deben cumplir a cabalidad.
De igual forma, hay una prueba de maniobras en vía pública, la cual va más allá y mide las capacidades de los conductores en vías donde debe compartir con otros actores.
Para la realización del examen práctico, el Centro de Apoyo Logístico de Evaluación (CALE) dispondrá de personal experimentado, que tendrá la función de evaluar al aspirante durante el desarrollo del examen.
El evaluador deberá contar con certificado de instructor en conducción vigente emitido por el Ministerio de Transporte a través del Sistema RUNT, para la categoría en la que está siendo evaluado el aspirante.
Además, deben entregar constancia de participación de mínimo 20 horas en la inducción del evaluador para el examen práctico, expedido por el CALE; ser titular de la licencia de conducción por un periodo mínimo de cinco años; no haber sido sujeto de imposición de sanción alguna por infringir las normas de tránsito durante el último año, condición que será validada contra el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito SIMIT y el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
De igual forma, los vehículos destinados para la realización de las pruebas del examen práctico deben ser dispuestos por el CALE y cumplir las características técnicas y adaptaciones de los automotores a emplear en el examen práctico.
El aspirante aprueba el examen de destreza individual si obtiene un puntaje igual o superior a 60 puntos, al igual que la prueba de maniobras en vía pública. Cuando se realice la prueba por recategorización de la licencia de conducción, aprobará con un puntaje igual o superior a 80 puntos.
En caso de no ser aprobada la prueba de destreza individual o de maniobras en vía pública, el aspirante podrá presentar nuevamente cualquiera de ellas ante el mismo CALE o en otro. Esto no implicará la necesidad de repetir el examen teórico ni la prueba de destreza individual que ya hayan sido aprobadas por el aspirante.
Cabe señalar que si quien presentó el examen y no aprobó, opta por repetir una de las pruebas en el mismo CALE donde la presentó por primera vez, por una única vez, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de la entrega del resultado, no deberá volver a pagar los derechos de presentación de esta.