CONFIDENCIALES

Diferencias de criterio en la sanción a la campaña de Petro en el CNE

La Corte Constitucional excluyó a Petro de la investigación al considerar que esto solo lo puede hacer la Comisión de Acusaciones de la Cámara.

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7 de marzo de 2026, 2:12 a. m.
En el Consejo Nacional Electoral (CNE) y Gustavo Petro.
En el Consejo Nacional Electoral (CNE) y Gustavo Petro. Foto: Colprensa / Semana

En el Consejo Nacional Electoral (CNE) hubo un hecho que llamó la atención en medio de la ponencia que ratifica la sanción a la campaña de Gustavo Petro por violación de topes electorales.

El abogado Pedro Carranza, nuevo apoderado del jefe de Estado, presentó un recurso de reposición contra la resolución de sanción del CNE, pese a que el anterior defensor de Petro, Héctor Carvajal, hoy magistrado de la Corte Constitucional, dijo en su momento que el primer mandatario desconocería la decisión y no radicó recurso.

La Colombia Humana, el partido de Gustavo Petro, reconoció al CNE que se violaron los topes electorales en la campaña presidencial de 2022

Aunque Carranza le dio la importancia que merece al CNE, sus argumentos no surtieron efecto porque la Corte Constitucional excluyó a Petro de la investigación y dijo que solo puede investigarlo la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara.