Recuerde que la familia no está obligada a adquirir la totalidad de los útiles escolares al inicio del año. | Foto: GETTY

EDUCACIÓN

Tenga en cuenta los siguientes tips a la hora de comprar los útiles escolares

No se deje "tumbar" cuando vaya a comprar uniformes, textos y demás materiales para el colegio. Aquí le contamos qué debe saber.

15 de enero de 2019

Así como las leyes 1269 de 2008 y 24 de 1987 determinan lo que se puede y no se puede hacer en cuanto a cobros de matrículas y pensiones en los colegios, esta normatividad también pone en cintura la solicitud de materiales escolares, tales como textos, útiles y uniformes.

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Es por esto que si por estos días va a comprar los materiales escolares de sus hijos, debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones de la Secretaría de Educación de Bogotá, entidad que aclaró que, por ningún motivo, los planteles educativos pueden impedir el ingreso de los estudiantes que no cuenten con la totalidad de los textos o los uniformes requeridos y que tampoco es obligatorio que los padres de familia entreguen todos los materiales solicitados a comienzo de año.

A continuación las principales recomendaciones, para que la entrada al colegio de sus hijos no lo cojan "fuera de base": 

  • El concepto de textos incluye tanto a los impresos como a los digitales. En el caso de plataformas educativas virtuales, los colegios solo pueden incluir en las listas los cobros por el componente correspondiente a materiales de dotación personal de los estudiantes.
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    • Los materiales solicitados deben ser esenciales para el desarrollo de los programas académicos. Los colegios deben garantizar el uso de todos los materiales solicitados.
    • Solo se pueden solicitar textos o útiles escolares que estén incluidos en la lista aprobada por el Consejo Directivo del colegio.
    • La familia no está obligada a adquirir la totalidad de los útiles escolares al inicio del año. Estos pueden ser comprados en la medida en que sean requeridos para el desarrollo de las actividades escolares. Tampoco hay obligación de entregar los materiales al colegio, a menos que este pueda custodiarlos y sean para el uso de los estudiantes.

  • El colegio no puede solicitar materiales de dotación que la institución esté en obligación de proveer tales como implementos de aseo, marcadores y resmas de papel, entre otros.
  • Los uniformes 

    • El colegio solo podrá exigir un uniforme para el uso diario y otro para actividades de educación física. Las características de los uniformes deben estar reglamentadas en el manual de convivencia, el cual es aceptado por las familias en el momento de la matrícula. No se pueden solicitar prendas exclusivas o de marcas definidas para los uniformes. Si por dificultades económicas un estudiante no tiene el uniforme completo, no puede ser sancionado, ni excluido del establecimiento educativo.

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    La Secretaría de Educación informó que las quejas pueden remitirse a la Oficina de Servicio a la Ciudadanía de la entidad; a través de la línea telefónica 3241000, opción 7 (quejas o reclamos); en la página web www.educacionbogota.edu.co en el enlace de Servicios, Quejas y Soluciones, así como en las direcciones locales de educación dispuestas en la ciudad.