REACTIVACIÓN
Distrito les dará subsidios a microempresarios y emprendedores: estos son los requisitos
Con estos recursos se buscará darle un impulso a la reactivación económica de Bogotá.
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La Alcaldía Mayor de Bogotá anunció este miércoles la apertura de dos importantes convocatorias con las que quiere darle un mayor impulso al proceso de reactivación económica en las localidades de la ciudad.
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El primer programa se llama Impulso Local, que apoyará con tres millones de pesos a aquellos que tienen pequeños emprendimientos y de sus ventas dependa diariamente el sustento de su familia.
El segundo programa es el de Microempresa Local 2.0, el cuál otorgará 10 millones de pesos a las micro y pequeñas empresas para apoyarlas con el pago de arriendos, capital de trabajo o pago de nómina, según las necesidades de cada una de estas.
Adicional a estos recursos, los beneficiarios de estos programas recibirán de parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (Usaid), formación para el fortalecimiento de sus capacidades empresariales y asistencia técnica especializada en temas como finanzas, mercadeo, operaciones/estrategia y talento humano.
Según informó el Distrito, con estos dos programas se invertirán casi 50.000 millones de pesos que son parte de Bogotá Local, ”una estrategia integral de la Secretaría de Gobierno y las Alcaldías Locales para la reconstrucción de la base de la economía popular, teniendo en cuenta las particularidades y el tejido productivo de cada una. Así se continúa apoyando la recuperación de los sectores y poblaciones más afectadas por el desempleo y las consecuencias económicas de la pandemia”.
Las personas interesadas en acceder a estos dos importantes programas deberán ingresar a la página www.bogotalocal.gov.co y postularse al programa que desee aplicar (Impulso Local o Microempresa Local 2.0). Luego de esto, en aproximadamente 15 días recibirá una notificación de aprobación, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
Esto es lo que debe tener en cuenta si quiere aplicar al programa Microempresa Local 2.0
Con Microempresa Local 2.0 el gobierno local entregará un incentivo de 10 millones de pesos a cada microempresario que requiera apoyo para el arriendo, capital de trabajo y/o nómina, y que estén funcionando en las localidades de Suba, Bosa, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Engativá, Puente Aranda, Usaquén, Usme, Kennedy, Santa Fe, Fontibón, Antonio Nariño, Rafael Uribe Uribe y Teusaquillo.
“Cada microempresa o persona certificada podrá acceder a un máximo de un incentivo. En total serán 1.937 micro y pequeñas empresas beneficiadas”, indicó el Distrito.
Los requisitos para acceder a este programa son : tener registro actualizado ante la Cámara de Comercio de Bogotá, RUT, tener mínimo un año de funcionamiento y dos empleos directos incluyendo el propietario; factura de servicio público del mes anterior del domicilio principal de la microempresa, entre otros.
Impulso local
Con el programa Impulso Local se entregarán 3 millones de pesos a los emprendimientos de la economía popular y las unidades productivas familiares y/o poblaciones dedicadas a actividades tradicionales como las modistas del barrio, la vecina que hace postres, tortas, galletas, entre otras actividades que les permiten generar ingresos para subsistir diariamente (autoempleo).
El incentivo podrá ser utilizado para pagar espacios de comercialización (participación en ferias, eventos comerciales y otros espacios de exposición de productos que aporten al emprendedor en la comercialización de sus productos o servicios) o capital de trabajo.
El programa está dirigido a los emprendedores que ejercen su actividad en las localidades de Suba, Bosa, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Engativá, Puente Aranda, Usaquén, Usme, Santa Fe, Fontibón, Antonio Nariño, Rafael Uribe Uribe, Teusaquillo, Tunjuelito, Barrios Unidos y Chapinero.
Para acceder a este programa debe ser mayor de edad, tener la iniciativa productiva mínimo hace un año y factura de servicios públicos del mes anterior del domicilio principal donde se ejerce su actividad económica, entre otros. Si es vendedor informal, debe tener el certificado de Registro Individualizado como Vendedor Informal (RIVI) en el HEMI.