Finanzas
Arrendatarios pueden ser desalojados de un predio a pesar del pago de la cuota mensual: estas son las causas
La normativa del país le da la razón a los dueños de los predios.
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En el país, miles de personas viven en arriendo, pagando las cuotas mensuales acordadas con los dueños de los predios. Estos pagos deben realizarse en los tiempos establecidos para evitar complicaciones o posibles desalojos.
Sin embargo, las leyes nacionales señalan que una persona puede ser desalojada de un predio a pesar de cumplir con el canon de arrendamiento mensual. Esto puede ocurrir por no cumplir con otros pagos fundamentales para el correcto desarrollo del proceso de arrendamiento.

En muchos contratos se firman cláusulas en las cuales las personas se comprometen a no tener deudas en el pago de los servicios públicos, multas impuestas por la administración o perjuicios ocasionados a los vecinos.
En el caso de que la persona que tomó el predio en arriendo cause la suspensión de los servicios por parte de las empresas prestadoras, el dueño del inmueble puede solicitar la reconexión de los mismos por medio del conducto regular.
“En cualquier momento de ejecución del contrato de arrendamiento o a la terminación del mismo, el arrendador, propietario, arrendatario o poseedor del inmueble podrá solicitar a la empresa de servicios públicos domiciliarios la reconexión de los servicios en el evento en que hayan sido suspendidos”, destacan las leyes de arriendo del país.
Otro aspecto prioritario por el cual se puede dar por terminado un contrato es el subarriendo del predio a un tercero, aun cuando los pagos se estén realizando de manera rutinaria. Si no se cuenta con los permisos del propietario, la ley faculta a este para solicitar la devolución del inmueble.

“En caso de contravención, el arrendador podrá dar por terminado el contrato de arrendamiento y exigir la entrega del inmueble o celebrar un nuevo contrato con los usuarios reales, caso en el cual el contrato anterior quedará sin efectos. Estas situaciones se comunicarán por escrito al arrendatario”, señala la Ley 820 de 2003.
Otras circunstancias que pueden llevar a la entrega de un predio antes de tiempo:
- Problemas con los vecinos o alteración de la sana convivencia en la propiedad.
- Daños al inmueble.
- Multas impuestas por la Policía Nacional por incumplimiento de las normas del Código de Policía.
- Incumplimiento de las cláusulas del contrato.
- Daños a terceros.
- Delitos cometidos al interior del predio o contra otros habitantes de la unidad residencial.
Se debe señalar que todos los procesos de desalojo o entrega de un predio deben realizarse conforme a las leyes que rigen la materia.


