Política
Consejo de Estado mantiene en su cargo a directora de Bomberos, fue negada una demanda que pedía anular su nombramiento
Según los demandantes se habrían presentado inconsistencias en los requisitos para llegar al cargo.
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La Sala Quinta del Consejo de Estado decidió negar una demanda que había sido presentada en contra de la directora de Bomberos de Colombia, Lina María Marín Rodríguez.
“Negar la pretensión de anulación del Decreto 627 del 5 de junio de 2025, por medio del cual, el presidente de la República designó a Lina María Marín Rodríguez como directora general de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia, conforme las consideraciones de la presente decisión”, dice el fallo.
Según los demandantes, Marín no había cumplido los requisitos para llegar al cargo, entre ellos, tener ciertos años como capitán de bomberos y tener trayectoria institucional y bomberil necesaria. En ese sentido, el Consejo de Estado encontró que Marín sí cumple todos los requisitos.

Una de las dudas que se había generado es que, según los demandantes, entre los años 2009 y 2016; y 2020 y 2023, Marín se había desempeñado como directora y comandante del Cuerpo Oficial de Bomberos de Dosquebradas (Risaralda), lo que reclamaban que era incompatible con el ejercicio simultáneo en un cuerpo de bomberos voluntarios.
Marín argumentó, entre otras, que contaba con una trayectoria “ininterrumpida” de más de 33 años de servicio y que su carrera se había hecho en diferentes instituciones bomberiles del país, desempeñando roles como voluntaria y oficial.
Una de las razones por las que los magistrados negaron la demanda es porque el accionante “no identificó de manera concreta cuáles serían los documentos supuestamente falsos por ausencia de firma, ni presentó argumentos que sustentaran dicha afirmación”, sino que se limitó a hacer “señalamientos genéricos y sin respaldo probatorio”, lo que impidió que se hiciera un análisis detallado sobre las presuntas irregularidades.
En ese sentido, el Consejo de Estado encontró que “conforme con la normativa aplicable y la jurisprudencia citada” el requisito de trayectoria institucional bomberil se refiere concretamente a la experticia demostrada por una persona dentro del cuerpo de bomberos, “la cual se evidencia mediante el reconocimiento de su tiempo de servicio, formación académica y técnica, así como el conjunto de competencias adquiridas y desarrolladas a lo largo de su carrera en la institución”.
El alto tribunal consideró que al momento de la designación Marín reunía los requisitos legales para ser nombrada en ese cargo, por lo que no se configura la nulidad de su elección y la Sala decidió negar las pretensiones de la demanda y ordenó archivar el expediente.
Tras la decisión, Marín destacó lo dicho por el Consejo de Estado. “Para mí fue algo esperado, toda vez que desde que el Gobierno nacional nos postuló como directora nacional de Bomberos estábamos conscientes de todo el cumplimiento de los requisitos de ley para no solamente ostentar el cargo sino también el grado de capitán que ostentaba en el momento”, afirmó.
La funcionaria agregó que ha hecho una carrera bomberil que ha sido “sin tacha” y de muchos años en el servicio. “Estábamos seguros que todo estaba en correcto y en orden y que el Consejo de Estado iba a fallar a favor de nosotros”, reiteró.

