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Este es el detalle en la silla de las motos que le puede causar un dolor de cabeza; habría inmovilización y multa

Este elemento debe estar en buen estado.

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13 de agosto de 2025, 8:41 p. m.
KTM ha marcado un hito en la tecnología de motocicletas con el lanzamiento de su nueva arquitectura electrónica, que integra tableros de instrumentos táctiles y una unidad de conectividad de última generación.
Otros elementos, como el estado del chasis, espejos y el sillín, también se tienen en cuenta. | Foto: Imagen tomada del portal KTM

Uno de los requisitos que deben cumplir los vehículos en Colombia, luego de cierto tiempo de haber sido adquiridos, es la revisión técnico-mecánica.

Al respecto, la ley 769 de 2002 o Código Nacional de Tránsito señala lo siguiente: “Para que un vehículo pueda transitar por el territorio nacional, debe garantizar como mínimo el perfecto funcionamiento de frenos, del sistema de dirección, del sistema de suspensión, del sistema de señales visuales y audibles permitidas y del sistema de escape de gases; y demostrar un estado adecuado de llantas, del conjunto de vidrios de seguridad y de los espejos y cumplir con las normas de emisión de gases que establezcan las autoridades ambientales”.

Aunque en la revisión aspectos como los frenos y las llantas se encuentran entre los más importantes, otros elementos, como el estado del chasis, espejos y el sillín, también se tienen en cuenta.

Sobre el sillín se considera que debe estar fijado de manera correcta a la moto y en buen estado. Este elemento en malas condiciones puede impedir el buen uso y causar graves riesgos para el conductor, situación que sería susceptible a una sanción por parte de la autoridad de tránsito.

Parquear una motocicleta en una pendiente es una tarea que requiere de cierta destreza.
Una multa puede superar los 700.000. | Foto: Getty Images

Una multa relacionada con esta situación puede estar entre los 15 y 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV). Es decir, puede superar los 700.000 pesos en 2025 y generar la inmovilización del vehículo.

¿A partir de cuándo debe hacer la revisión técnico-mecánica?

De acuerdo con las leyes colombianas, la primera revisión de un vehículo nuevo debe realizarse cinco años después de la fecha de matrícula; sin embargo, hay variaciones según el tipo de servicio que preste el automotor en cuestión.

El artículo 52 de la Ley 769 de 2002, modificado por los artículos 12 de la Ley 1383 de 2010, el artículo 202 del Decreto 019 de 2012 y el artículo 179 de la Ley 2294 de 2023, fija los plazos que se deben tener en cuenta para realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

Para los vehículos de servicio particular, la primera revisión se debe hacer a los 5 años después de la fecha de matrícula. Las revisiones posteriores son cada año.

Para los vehículos de servicio público y motocicletas, la primera revisión se debe realizar dos años después de la fecha de matrícula.

Para los vehículos automotores de placas extranjeras se señala que si ingresan temporalmente y hasta por tres meses al país, no requerirán la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.