Los trabajadores independientes deben realizar el aporte a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA)

PENSIONES

Independientes: todo lo que debe saber para cotizar a salud y pensión

En caso de contar con más de un contrato por prestación de servicios, deberá aportar a la seguridad social por cada uno de ellos.

28 de enero de 2021

Como trabajador independiente, usted está obligado por ley a realizar los aportes correspondientes al Sistema General de Seguridad Social, entre los que se incluye la cotización al subsistema de pensión. Para hacer este trámite, debe diligenciar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en los operadores de información dispuestos para ello.

Recuerde que se clasifica como “trabajador independiente” a toda persona que no está vinculada con un contrato de trabajo a una compañía, sino mediante un contrato por prestación de servicios, y su remuneración responda a honorarios o comisiones, o bien trabajan por cuenta propia.

Tenga en cuenta la información que brinda el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir sobre el sistema pensional para trabajadores independientes.

1 . ¿Cuánto debe aportar a pensión un independiente?

El monto que debe asumir como aporte a pensiones se calcula sobre el 40% de los ingresos que reciba el trabajador independiente, y sobre este valor se liquida el 16%. Debe tener presente que la cotización no puede ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente ($908.526, para este 2021) ni superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Por ejemplo;

Si usted recibe un ingreso por $3.000.000, la base de cotización (40%) equivale a $1.200.000, de estos liquida el 16%, es decir:

$1.200.000 x 16% = $192.000

El resultado ($192.000) corresponde al aporte a pensión.

2 . ¿Qué diferencias hay entre el aporte a Seguridad Social entre un trabajador dependiente y uno independiente?

Los trabajadores independientes deben asumir el 100% de la cotización a pensiones y a la Seguridad Social en general, mientras que para los trabajadores dependientes el monto de la cotización se divide entre 75% el empleador y 25% a cargo del empleado.

3 . ¿Cómo debe cotizar a pensión si tiene varios contratos?

En el caso de que el trabajador independiente cuente con más de un contrato por prestación de servicios, debe realizar el aporte a Seguridad Social por cada contrato, siguiendo la fórmula mencionada anteriormente. Recuerde que el tope de la cotización no debe superar los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

4 . ¿Puede realizar aportes voluntarios a pensión como independiente?

Sin importar si es asalariado o independiente, cualquier trabajador que cotice en un fondo privado y busque opciones de ahorro, con el fin de tener una mejor pensión o acceder a un retiro anticipado, está en todo el derecho de hacer aportes voluntarios a su pensión obligatoria. Si es trabajador independiente puede hacerlo a través del operador por el cual paga los aportes a seguridad social.

Porvenir recalca que los aportes voluntarios son un medio para que los afiliados puedan realizar aportes adicionales para complementar y mejorar el estado de su pensión, pensando en la etapa de retiro. De acuerdo con la entidad, entre más recursos se consignen a este ahorro, más rápido construirá el futuro pensional del afiliado.

Una recomendación final: si ya es pensionado, no se olvide de realizar la actualización del RUT en los canales virtuales de la DIAN. Esta podrá realizarse hasta el 30 de junio de este año. Para el caso de los pensionados, tendrán un tiempo mayor para hacer el cambio.

Tenga en cuenta que a más de 640.000 de pensionados se les hará el cambio de automáticamente, en particular, a aquellos que presentaron declaración de renta durante el 2020, informando ingresos por concepto de pensión en la cédula de pensiones.