Por medio de un nuevo comunicado emitido por el Ministerio de Hacienda, el Gobierno nacional destacó que, en ejercicio de sus legítimas facultades constitucionales y legales, expidió el Decreto 0030 del 19 de enero de 2026, el cual tiene por objeto dejar sin efectos, a partir del 20 de julio de 2026, el Decreto 2170 del 4 de octubre de 2013, que establece el reconocimiento de una prima especial de servicios para los miembros del Congreso de la República.
Junto a esto, el Gobierno nacional anunció que el decreto emitido en días pasados tiene como objetivo exclusivamente reducir la asignación salarial de los miembros del Congreso de la República a partir de la fecha señalada. Por otro lado, argumentan que, de presentarse afectaciones a otros servidores públicos, se tomarían las medidas necesarias para evitarlas.

La medida recibió elogios y críticas de cada uno de los sectores políticos de la Nación, razón por la cual se expusieron los argumentos que se tuvieron en consideración para la expedición del decreto.
Comunicado del Gobierno Nacional a la opinión pública.
— MinHacienda (@MinHacienda) January 24, 2026
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Prima especial de servicios para miembros del Congreso de la República. pic.twitter.com/n9t73DORx6
“El Gobierno del presidente Gustavo Petro expidió el Decreto 0030 del 19 de enero de 2026, mediante el cual se deroga el Decreto 2170 de 2013, que estableció la prima especial de servicios para los congresistas (senadores y representantes a la Cámara), equivalente a $ 16′914.540 mensuales. Esta prima especial es diferente a la prima de servicios que reciben todos los trabajadores formales en Colombia, que se mantiene vigente y corresponde a un salario mensual cada año”, señala el Decreto 0030 del 19 de enero de 2026.

Es importante añadir que la prima especial de servicios derogada es uno de los tres componentes que conforman la remuneración mensual de los congresistas. Las dos aristas restantes son el salario básico de 12,4 millones de pesos y los gastos de representación, que se sitúan en 22,1 millones de pesos.
“Esta medida, tomada en un contexto de reorientación de gastos por la realidad económica del país, implica una reducción en el salario de los senadores de la República y los representantes a la Cámara, que serán elegidos para los periodos siguientes al actual, de conformidad con el artículo 132 de la Constitución Política de Colombia”, destaca el comunicado del Ministerio de Hacienda.

Por otra parte, el comunicado expone que los decretos se dieron teniendo en cuenta los principios que rigen el salario mínimo y los derechos de los funcionarios de las instituciones del país.
“Este decreto fue expedido atendiendo los principios fundantes del sistema salarial colombiano, en particular, el de respeto a los derechos adquiridos de los servidores del Estado y el no desmejoramiento de sus salarios y prestaciones sociales”, finaliza el comunicado.










