Finanzas
Así quedaron los recargos nocturnos, las horas extras y los dominicales con el nuevo salario mínimo del 2025
Si usted devenga este salario, tenga en cuenta los siguientes rubros.
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El salario mínimo en Colombia se ajusta cada año por varias razones, relacionadas con la protección del poder adquisitivo de los trabajadores, la estabilidad económica y la promoción de un equilibrio entre empleadores y empleados.
El principal objetivo del ajuste es compensar el aumento del costo de vida debido a la inflación. Cada año, los precios de bienes y servicios suben, y el salario mínimo debe incrementarse para que los trabajadores puedan mantener su capacidad adquisitiva.

Para este 2025, el presidente Gustavo Petro decretó un alza del 9,5 % para el mínimo, por lo que el salario total que recibirán los trabajadores, con subsidio de transporte, es de $ 1.623.000.
Con el ajuste, también cambian algunos de los rubros que devengan los trabajadores, como las horas extras, los recargos nocturnos y los dominicales. Estos serían los nuevos ajustes.
Así quedan horas extras, dominicales y recargos para trabajadores en 2025
El año pasado, cada trabajador costaba diariamente $ 43.333 a las empresas si devengaba un salario mínimo. Este año el trabajador cuesta cerca de $ 4.100 adicionales, lo que significa que gana $ 47.450. Si se le suma el auxilio de transporte, son $ 54.116.
Si el trabajador labora un domingo o festivo y devenga un mínimo, debe recibir por día laborado cerca de $ 83.037.
Así son los valores por hora:

Una hora laboral ordinaria está en $ 6.189, una hora laboral ordinaria nocturna queda fijada en $ 8.355. Por su parte, una hora extra diurna es de $ 7.736 y una hora extra ordinaria nocturna está en $ 10.831.
Por otro lado, el valor de la hora diurna un domingo trabajado es de $ 10.831. El valor de la misma hora, pero nocturna, es de $ 12.997.
Si se habla de horas extras dominicales, si es diurna esta cuesta $ 12.738 y si es nocturna, $15 .472, casi el triple que una hora ordinaria de un día entre semana.
Tenga en cuenta que los recargos nocturnos son un aumento del 35 % sobre la hora ordinaria de trabajo. Por su parte, el recargo nocturno o dominical aumenta un 110 %.
