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| Foto: Daniel Reina

MEDIO AMBIENTE

Consejo de Estado le pone tope a la delimitación del páramo de Pisba

La Defensoría del Pueblo ganó una batalla contra el Estado por la extracción de carbón en una de las fuentes hídricas más ricas del país. Las entidades del Estado deberán pagar 3.700 millones de pesos, y el ecosistema –considerado sujeto de derechos– tendrá un año para ser delimitado.

4 de marzo de 2019

Un nuevo fallo del Consejo de Estado entrará a echarle fuego a la polémica social que rodea la delimitación del páramo de Pisba, en territorio de Boyacá. Su extensión ha sido calculada en 45.000 hectáreas de las que se benefician más de 12.000 personas, mayoritariamente por la extracción de carbón. La producción anual de esta región sobrepasa las 600.000 toneladas al año, cifra que representa ingresos por 135.000 millones de pesos para este rincón del país.

Este páramo, por donde pasó hace exactamente dos siglos la campaña independentista de Simón Bolívar, es el más poblado del país. De allí, que las tensiones sociales derivaran en que fuera el único del país en quedar rezagado de la delimitación a la que está obligado el Gobierno. Pero una decisión del Consejo de Estado está a punto de conseguir su emancipación para este bicentenario. 

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Desde 2010 en Colombia está prohibido el desarrollo de minería en ecosistemas protegidos, no obstante, se hacía una salvedad para todos aquellos particulares que habían obtenido un título minero y licencia ambiental antes de la entrada en vigencia de las nuevas normas. Seis años más tarde, la Corte Constitucional tumbó la excepción que se matenía en derechos de exploración de modo que cualquier actividad minera quedó definitivamente desterrada de los páramos.

Con una directriz adicional: la Corte Constiticional condicionó la potestad del ministerio de Ambiente de apartarse del concepto emitido por parte del Instituto Alexander Von Humboldt para delimitar el territorio. De modo que debía preferir siempre el criterio de delimitación que provea el mayor grado de protección del ecosistema de páramo. "De ello depende la eficacia de un derecho fundamental, y en particular, las garantías de calidad, continuidad y acceso al agua”, aseguró la corte en su momento.

A la luz de este fallo, el Consejo de Estado acaba de decidir en última instancia una acción popular que inició la Defensoría del Pueblo de Boyacá contra varias entidades del Estado. El pleito alegaba una presunta vulneración al medio ambiente por parte de la sociedad Carbones Andinos SAS, una firma que realiza actividades de exploración y extracción en el sector del Alizal, de la vereda El Mortiño del Municipio de Socha (Boyacá). El área, en voz de las comunidades,  pertenece a una de recarga de acuíferos cubierta con vegetación nativa ya que coincide con 3 nacimientos de agua. También tiene su origen allí la quebrada El Tirque, cuyo uso es dar agua potable a la comunidad de Alizal.

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No obstante, los accionantes cuestionan por qué pese a la riqueza natural que esta zona representa, la CAR de Boyacá, la Agencia Nacional de Minería y la Alcaldía de Socha archivaron una investigación que se adelantaba contra la firma de carbón omitiendo la "evidente vulneración al medio ambiente y el desarrollo sostenible". La empresa se defendió aclarando que el área de influencia del proyecto no contamina ni afecta los dos nacimientos de agua. Además, que un estudio de impacto ambiental autorizó un vertimiento a la quebrada El Tirque, el cual es previamente tratado para evitar la contaminación del recurso hídrico.

Después de un lustro de dar vueltas en la justicia, la Sección Primera del Consejo de Estado dio su veredicto final, en una decisión que tendrá repercusiones de fondo. Las claves del fallo son dos: primero, que las pruebas dan cuenta de que el  territorio que está en cuestión por la explotación de carbón se encuentra dentro del complejo paramuno de Pisba, por lo que concluyen que "existe un peligro de daño grave e irreversible sobre un área de importancia ambiental estratégica".  Y dos, que las zonas excluibles de minería en Colombia deben estar delimitadas previamente por las autoridades, y en este caso, el compromiso no ha sido atendido.

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En este sentido, cuestionan la "actitud pasiva" asumida por las autoridades, la cual ha ido en desmedro de los intereses colectivos e individuales. Una situación que se agrava con la fragilidad del ecosistema de páramo y la inestabilidad jurídica del país. Por ello, le dan 12 meses al ministerio de Medio Ambiente para que expida el acto administrativo que delimite en su totalidad el páramo de Pisba. Deberán tomar como base el área de referencia generada por el Instituto Humboldt a escala 1:25.000 o la que este disponible, y tener en cuenta los estudios técnicos, económicos, sociales y ambientales elaborados por la autoridad ambiental. 

El alto tribunal reconoce las serias dificultades que tiene el Gobierno para garantizar el derecho a la participación por ello ordenan la realización de una mesa de trabajo de la que tendrán funciones de coordinación el Ministerio de Ambiente, la Agencia Nacional de Minería y las Corporaciones Autónomas Regionales del área de influencia. 

Para los magistrados, la sociedad Carbones Andinos S.A.S. y la Corporación Autónoma Regional de Boyacá son responsables por la vulneración del derecho colectivo al goce de un ambiente sano. El ministerio de Ambiente, la Agencia Nacional Minera y el municipio de Socha también lo son por la omisión de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico y al manejo y al aprovechamiento racional de los recursos naturales. Por esta razón, ordenan a las entidades del Estado el pago de 3.700 millones de pesos a favor del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos de la Defensoría del Pueblo.

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La difícil delimitación

A mediados del año pasado, a raíz de la orden impartida por la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional anunció la delimitación de los páramos del país. De todos, menos de Pisba que sigue generando tierrero en la región. En agosto, un fallo del Tribunal Superior de Boyacá le dio la categoría de sujeto de derechos a este páramo, al cual le atribuyó una extensión de 106.000 hectáreas, habitadas por 6.235 personas (según censo realizado por Corpoboyacá). Dicha decisión ordenó frenar la delimitación del páramo que venía haciendo el Gobierno Santos en tanto no se adelantara una concertación con la comunidad que lo habita. 

Antes de esta sentencia, el Ministerio de Minas en cabeza de Germán Arce había pedido al gabinete aplazar la expedición de este acto administrativo hasta tanto se realice la delimitación a escala 1:25.000 con estudios más rigurosos. Ello con el fin de dimensionar de mejor manera las reales afectaciones sobre los municipios afectados y así encontrar alternativas que minimicen los impactos socioeconómicos sobre una zona que depende mayoritariamente de las actividades mineras.

Según el Ministerio de Minas, en esta área hay 82 títulos mineros dedicados a la extracción subterránea de carbón que comprenden una superficie titulada es de 14.842 has. Según el gobierno, hasta el 2017, de estos títulos solo 32 contaban con instrumento ambiental adoptado por la autoridad ambiental. La explotación de carbón es considerada un motor económico para alrededor de 12.000 personas que viven directa o indirectamente. Este ecosistema provee recursos hídricos a los ríos Meta y Chicamocha, tiene tres nacimientos de ríos.