En manos de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Bogotá quedó la definición de la competencia frente al recurso de apelación presentado por los exministros Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco en contra de la medida que los envió, el pasado 18 de diciembre, a la cárcel.
La resolución de la segunda instancia se ha convertido en un verdadero dolor de cabeza para los magistrados que, por reparto, han tenido que asumir el conocimiento del expediente para resolver el recurso de apelación.

En días pasados, la decisión había quedado en manos de la Sala No. 2 del Tribunal Superior de Bogotá, liderada por la magistrada Catalina Guerrero Rosas. Sin embargo, al argumentar que no existía claridad sobre la competencia del caso, se decidió “no asumir la competencia del asunto” y se pidió “trabar el conflicto de reparto”.
El meollo del asunto está en el hecho de que no existe claridad frente a la forma en cómo se deben resolver las apelaciones en los casos de los aforados constitucionales. Esto debido a los nuevos designios de la Ley 2477 de 2025.
No hace mucho, la segunda instancia en este tipo de procesos la resolvía la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la nueva ley, se señaló que estos casos se resolvían en otra Sala del mismo Tribunal Superior.
Al ser el primer caso que entra en vigencia con esta normatividad, existen muchas dudas sobre la forma en cómo se debe hacer el sorteo o el reparto en las respectivas salas.
De esta forma, el caso sigue quieto mientras la Sala de Gobierno tome una decisión de fondo, la cual podría extenderse por varias semanas.

El exministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, se encuentra privado de su libertad en el Centro de Estudios Superior de la Policía Nacional (Cespo), en el norte de Bogotá; mientras que el exministro del Interior, Luis Fernando Velasco, se encuentra en la cárcel de Vistahermosa, en Cali.
El pasado 18 de diciembre, la magistrada Aura Alexandra Rosero Baquero ordenó -pese a la solicitud inicial de la Fiscalía General- que los exministros debían ser recluidos en una cárcel mientras avanzaba el proceso.
Esto al determinar que los hechos materia de investigación se registraron cuando eran funcionarios del Estado y administraban los recursos públicos.

Por esto, puso de presente la gravedad de los hechos puestos de presente por el ente investigador, el riesgo de fuga y la posible presión a testigos o manipulación de evidencia en el expediente conocido como el de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo y Desastres (UNGRD).
Los dos exministros fueron procesados por los delitos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos y cohecho por ofrecer (petición de sobornos a funcionarios).

Esto por, presuntamente, haber utilizado sus cargos, para ofrecer contratos a los congresistas que hacían parte de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público con el fin que aprobaran, para diciembre de 2023, varios proyectos en los cuales el Gobierno tenía especial interés.
Durante la primera parte del proceso penal, los dos exministros se declararon inocentes.
