Nación
Corte Constitucional admite demanda contra la ley que restringió encuestas políticas en Colombia
El pasado 24 de julio, el presidente Gustavo Petro sancionó la controversial ley que limitó las encuestas políticas en el país.

El magistrado Juan Carlos Cortés admitió la demanda en la Corte Constitucional contra la ley que restringió la realización y publicación de encuestas políticas en Colombia.
En un documento de 15 páginas, el auto confirmó: “Admitir la demanda de inconstitucionalidad presentada por Juan Manuel López Molina en contra de la totalidad de la Ley 2494 de 2025, ‘por medio de la cual se establecen medidas sobre la elaboración, publicación y divulgación de encuestas y se dictan otras disposiciones’ por la violación de la reserva de ley estatutaria”.
El demandante argumentó que esa ley violó varios artículos de la Constitución al, presuntamente, desconocerse la reserva de ley estatutaria, la ausencia del análisis de impacto fiscal y supuesto desconocimiento del principio de sostenibilidad fiscal.
En el documento de la Corte Constitucional se precisó: “El accionante manifestó que, según el artículo 152 de la Constitución, deben ser objeto de ley estatutaria los derechos y deberes fundamentales y sus garantías, el régimen y funciones de las autoridades electorales y los mecanismos de participación ciudadana”.

Para el demandante, la norma se tenía que adoptar mediante ley estatutaria al examinar su contenido, pues terminó regulando de forma directa derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información y la participación política, al condicionar y restringir la publicación de encuestas electorales.
López Molina también argumentó: “Esas disposiciones inciden de manera profunda y restrictiva en la materia regulada, por lo que afectan el núcleo esencial de las mencionadas prerrogativas fundamentales”. Por lo que justificó que la libertad de información comprende el derecho de toda persona de recibir esos datos sin interferencias del Estado.
El magistrado Cortés validó que los cargos formulados por el demandante cumplieron con las condiciones argumentativas por la claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia de los argumentos del recurso.
Esta es la admisión de la demanda
Sobre el cargo de la violación de la reserva de ley estatutaria, la Corte Constitucional precisó: “Acredita la certeza porque el cuestionamiento se basa en el contenido y alcance de las disposiciones de la Ley 2494 de 2025, que imponen condiciones, requisitos y límites para realizar y difundir encuestas para cargos de elección popular y de opinión política”.
Con el segundo cargo, el alto tribunal concluyó que satisface el presupuesto de “aptitud del cargo”, pues el argumento refiere al contenido de la obligación de llevar a cabo el análisis de impacto fiscal y expone las razones por las cuales considera que dicho requisito de aprobación de las leyes era aplicable en los preceptos acusados y fue desconocido.
Por ahora, el magistrado Cortés empezará a analizar a fondo la demanda que tiene en jaque la ley que limitó la realización y publicación de encuestas políticas en Colombia.