Nación
“Seguían en contacto con el aforado”, las razones del Tribunal para declarar legales las interceptaciones al gobernador de Antioquia
Andrés Julián Rendón, en calidad de alcalde, fue investigado por presuntas irregularidades en contratos.
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Mientras se desempeñó como alcalde el municipio de Rionegro, Andrés Julián Rendón, actual gobernador de Antioquia, terminó investigado por presuntos hechos de corrupción en la construcción de algunas instalaciones para la Policía Nacional. En ese momento, la Fiscalía adelantó algunos actos de investigación que incluyeron la interceptación de comunicaciones.
“No se puede desconocer que por la naturaleza de los delitos denunciados intervinieron terceros que pese al paso del tiempo continúan en contacto con el aforado, y por ello, entendió necesario la fiscal interceptar las líneas de esas personas que, no ostentan la condición de aforadas”, señaló el Tribunal al impartir legalidad a las interceptaciones.
⚖️ El Tribunal Superior de Bogotá impartió legalidad a las órdenes de interceptación de comunicaciones en la investigación contra el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón. La Sala Penal concluyó que la medida fue necesaria, útil y proporcional ➡️ https://t.co/bDZl508fwx pic.twitter.com/G7LXK4roR9
— Tribunal Superior de Bogotá (@TSB_Bogota) September 15, 2025
En una primera instancia, la justicia explicó que esos actos de investigación de la Fiscalía no cumplieron con los requisitos mínimos legales y las interceptaciones, que se derivaron de esos actos, fueron declaradas ilegales. Sin embargo, la Fiscalía apeló y, este lunes, el Tribunal Superior de Bogotá le dio la razón al ente acusador.
“En consecuencia, la Sala revocará el auto confutado, para en su lugar impartir legalidad posterior a las órdenes de interceptación de comunicaciones ya señaladas, al verificar que se reúnen los presupuestos y fundamentos legales para su aval, como igual acontece con el procedimiento y los resultados”, explicó el Tribunal.
En criterio de los magistrados del Tribunal, la Fiscalía logró argumentar la necesidad de las interceptación al entonces alcalde del municipio de Rionegro, todo como parte de los actos de investigación que eran requeridos en ese momento para avanzar en el proceso y establecer la presunta responsabilidad de los indiciados.
“Por lo que el objeto de la interceptación de los terceros es exclusivamente para el recaudo de información relevante para los fines de la indagación en la que figura como indiciado el gobernador de Antioquia, por las irregularidades en que haya incurrido en su periodo electoral como alcalde de Rionegro”, advirtió el Tribunal.
Adicionalmente, de acuerdo con la decisión del Tribunal de Bogotá, los actos de investigación, que incluyeron las interceptaciones de comunicaciones, se cumplieron con los requisitos legales, no solo de necesidad, sino del trámite propio de esos procedimientos avalados por los jueces de control de garantías y en los tiempos que exigía la norma.
“En cuanto la idoneidad, éxito o fracaso del acto investigativo no interfiere con su legalidad, menos, si como se advirtió en el informe de policía judicial, en razón de otros actos propios de la investigación, se actualizó el tema entre los interlocutores”, explicó la decisión del Tribunal.

Con la decisión en firme, la Fiscalía podrá continuar con las actuaciones propias de la misma investigación, presentar los recursos que resulten necesarios, incluso continuar con todos los actos de investigación que correspondan en la etapa en la que quedó el proceso antes de resolver la legalidad de las interceptaciones.