Nación
Tribunal declaró inocentes a los cirujanos que convalidaron en Colombia títulos obtenidos en Brasil
Los mismos cirujanos fueron condenados en marzo de este mismo año, pero apelaron la decisión.
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“Absolver, por duda”; de esta forma, el Tribunal de Bogotá revocó la condena en contra de un grupo de cirujanos que convalidaron en Colombia títulos en cirugía plástica obtenidos en Brasil, situación que motivó una serie de denuncias en la Fiscalía.
El Tribunal advirtió que la sentencia de primera instancia que condenó a los cirujanos no tuvo en cuenta elementos de prueba y evidencias que aportó la defensa para demostrar que, si bien los títulos fueron obtenidos en Brasil y convalidados en Colombia, no constituyen de plano un delito o actividad criminal con jurisdicción penal.

“Sobre el particular, téngase en cuenta que los procesados solicitaron la convalidación pidiendo que se tuviera en cuenta la figura del caso similar, lo que, de ser cierta la tesis acusatoria, implicaría entonces que, en este caso, el iter criminis de los procesados inició con ese caso previo, con el fin de, con posterioridad, lograr su aplicación ahora a ellos, lo que también carece de soporte fáctico y probatorio”, señala la absolución.
Los magistrados advierten que la Fiscalía no logró demostrar, con elementos de prueba, la responsabilidad de los cirujanos en los delitos que fueron imputados y que sustentaban una supuesta falsedad o fraude procesal. Se quedó corto el ente acusador en su labor de investigador y acusador.
“Ahora, la imposibilidad de la Fiscalía de acreditar, con algo más que supuestos dados por ciertos, la falsedad en las constancias, tiene incidencia en el delito de fraude procesal, pues es este hecho, la falsedad en las certificaciones, el que, conforme con la tesis acusatoria, configura los artificios o engaños para obtener la convalidación”, señaló el Tribunal.
La defensa de los cirujanos advirtió que los títulos obtenidos en Brasil son legales y que su convalidación se hizo con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación en Colombia; así las cosas, no había espacio para una imputación por falsedad en documento público y fraude procesal.
Algo parecido indicó el Tribunal de Bogotá en la decisión que revocó la condena en contra de los cirujanos y que los había dejado como responsables de los delitos imputados, la base de un largo juicio donde la Fiscalía insistió en las supuestas conductas criminales, que ahora, en criterio del Tribunal, no ocurrieron.
“Sin embargo, el yerro más trascendente sobre este punto es que la juzgadora omitió que la configuración del delito relacionado con la falsedad documental exige dos conductas de necesaria ocurrencia y dolosas: la falsificación y el uso. En ese entendido, no es dable cercenar el tipo penal aduciendo que se puede ser determinador de la falsificación, pero autor del uso, por cuanto ello derruye el alcance del tipo penal”, señaló el Tribunal.

Hubo varios problemas en la interpretación de la primera instancia, la misma que condenó a los cirujanos y que ahora el Tribunal considera como un “riesgo de vulneración de derechos”, particularmente en el momento en que se cambió la participación de los enjuiciados de coautoría a determinación, cuando ni siquiera fue propuesto por la Fiscalía.
“La Sala reconoce que esta variación de la modalidad de participación, de la coautoría a la determinación, constituye en abstracto un riesgo real de vulneración del principio de congruencia, en tanto la figura del determinador exige probar la incitación o inducción a un tercero para cometer el delito, elemento fáctico que no fue postulado por la Fiscalía en la acusación”, explicó el Tribunal.

Al absolver a los cirujanos, se suspenden todas las decisiones que surgieron en razón de la condena, como órdenes de captura o anotaciones. El Tribunal de Bogotá deja una anotación particular para advertir que la absolución no valida por defecto los títulos, pues ese es un trámite a cargo del Ministerio de Educación.

