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Los magistrados consideraron que la prohibición atentaba, entre otros, contra el derecho a la salud. | Foto: Gorodenkoff

JUSTICIA

Fetos y ciencia

La Corte Constitucional dio vía libre al uso de órganos y tejidos de fetos abortados. Para los magistrados, la prohibición del Congreso desconoció que desde hace 26 años Colombia tiene un marco legal para salvar vidas y permitir el desarrollo de investigaciones científicas.

30 de junio de 2019

Las investigaciones médicas que buscan una cura contra el Párkinson, el mal de Hutington o el Alzheimer, han visto luces importantes gracias al implante de células de origen fetal. Las entidades de salud han acreditado que los trasplantes de membranas amnióticas (saco embrionario) han demostrado su eficacia para uso en oftalmología. Y acreditan que los tejidos y los órganos de fetos crecen rápidamente y se adaptan con facilidad al paciente receptor.

En Colombia, la escasez de órganos o tejidos para usos terapéuticos hace que un buen número de personas que los necesita para sobrevivir o para mejorar su calidad de vida, muera esperando una solución médica. Sobre esta realidad soportó la Corte Constitucional una de las decisiones más progresistas del año: tumbó la prohibición de donar y utilizar órganos o tejidos de los niños no nacidos abortados en la investigación científica.

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El riesgo de habilitar mafias clandestinas dedicadas a la comercialización de fetos –una alerta que nació por escándalos en Estados Unidos y no en Colombia– llevó a que el Congreso vetara el uso y trasplantes de órganos fetales en el año 2016. Quien promovió la norma fue la senadora del Centro Democrático María del Rosario Guerra, quien en un parágrafo de la Ley 1805 frenó en seco una práctica científica que llevaba más de 25 años en Colombia.

Ante el Congreso y después ante la Corte Constitucional, Guerra sostuvo que el uso y donación de órganos fetales afecta la dignidad humana al incentivar abortos con fines de comercialización. Ella en un comienzo señaló que encontraba confusos los argumentos sobre salvar vidas futuras a través de estas investigaciones y pidió poder defender primero la vida del no nacido. Al conocerse la decisión de la corte, la senadora reconoció que la norma quedó mal redactada y que lo único que se buscaba era evitar la comercialización de fetos en Colombia.  

El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud aseguraron que desde 1993 Colombia cuenta con una arquitectura legal y una reglamentación para actuar con respeto por la dignidad humana y en defensa del derecho a la salud y a la igualdad. En Colombia, el rescate de órganos y los procedimientos de trasplantes son de competencia exclusiva de las instituciones prestadoras de servicios de salud. Y la obtención de tejidos y la práctica de cualquiera de las actividades relacionadas con la obtención, extracción, procesamiento y distribución debe hacerse por banco de tejidos sin ánimo de lucro autorizados por el Invima y el Instituto Nacional de Salud.

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La corte le dio la razón al Gobierno y a los expertos que señalan que la prohibición marca un retroceso en la disponibilidad de componentes anatómicos para efectuar  investigación científica que podría suponer avances en materia de vacunas, medicamentos, tratamiento para virus, entre otros. Solo el magistrado Carlos Bernal se apartó de la decisión mayoritaria de sus siete colegas.

“Expertos expusieron ante la corte que la medida examinada comporta una restricción al derecho a la salud carente de cualquier justificación”, dijo el alto tribunal al subrayar que órganos y tejidos embrionarios podrán ser usados en pacientes que necesiten procedimientos terapéuticos para mejorar sustancialmente sus expectativas de vida. 

Cuando se aprobó la prohibición, el mundo estaba escandalizado por una investigación hecha en el Congreso de Estados Unidos contra la organización Planned Parenthood. La entidad estaba acusada de vender los órganos de los fetos abortados al mismo tiempo que respondía por la divulgación de un video en el que mostraban cómo abortar para que los órganos del feto y sus membranas fueran usados con fines de investigación médica. Compartir estos tejidos podía mover cifras millonarias. 

No obstante, en Colombia la realidad es diferente. Cuando se activaron las alertas por la llegada del virus del Zika en varias regiones del país, fueron las investigaciones para detectar sus síntomas y prevenir sus efectos las que permitieron enfrentar el problema. Estos estudios se realizaron con fetos abortados. En niños, el trasplante de órganos también ha resultado en casos exitosos ya que tienen las dimensiones anatómicas apropiadas. Fueron estas desconocidas pero trascendentales batallas las que la corte privilegió para dar luz verde a la ciencia por sobre consideraciones morales y mitos infundados.