Gran Foro Colombia 2022
Gustavo Petro en el cara a cara presidencial organizado por Semana y El Tiempo | Foto: GUILLERMO TORRES

VICKY EN SEMANA

¿Qué es la ‘cláusula Petro’ por la que se encendió el debate?

La llamada cláusula Petro viene sonando desde 2018, año en que el hoy precandidato y senador llegó a la segunda vuelta de las elecciones presidenciales y estuvo a un paso de la Casa de Nariño.

31 de enero de 2022

Se acercan las elecciones presidenciales y con ello revivió la llamada ‘cláusula Petro’, luego de una columna del abogado, columnista y profesor universitario Ramiro Bejarano, en la que aseguró que en algunos sectores económicos y empresariales han puesto en marcha esta estipulación en los grandes contratos.

“En algunos sectores económicos y empresariales, de los que andan temblando ante la eventualidad de que Petro llegue a la Presidencia, se ha puesto en marcha la estrategia sucia de incluir una estipulación en los grandes contratos que se vienen suscribiendo, por medio de la cual las partes, dizque en ejercicio de la autonomía de la voluntad, pactan que el contrato solo empezaría a ejecutarse si Petro resulta vencido en las elecciones presidenciales, o que se deje sin efectos si llegare a convertirse en presidente. A este esperpento negocial ya le tienen nombre: la cláusula Petro”, dijo Bejarano en su columna en El Espectador.

En Vicky en Semana, el abogado Bejarano recalcó que la ‘cláusula Petro’ se viene implementando desde 2018, principalmente en los negocios inmobiliarios, donde según el jurista se hacen promesas de compraventa y, que de llegar a ganar Petro la Presidencia, se “resolvería, se rescindiría o no se ejecutaría” lo inicialmente pactado.

“Esa cláusula ha vuelto ahora y se está ejecutando. Yo no me la he inventado, incluso me llegó hace un rato un correo enviándome el texto de una de esas cláusulas. De manera que a mí me parece peligroso una cláusula de esas, además de ilegal. Y los motivos de ilegal que yo le he señalado a eso, es que me parece que es cierto que en el sistema jurídico colombiano las partes pueden en un contrato incluir las condiciones para ejecutar sus obligaciones de acuerdo con la ley”, indicó Bejarano.

Y agregó: “Lo que pasa es que hay un artículo, el 1.532 del Código Civil, que señala que esas condiciones deben ser físicamente posibles, moralmente posibles, legalmente admisibles, y que no pueden ir en contra del orden público ni las buenas costumbres”.

Por lo tanto, para el abogado, columnista y profesor universitario, ese tipo de cláusulas no son admisibles, ya que podrían generar “pánico económico”, llevando a que un contrato finalmente no se lleve a cabo y capitales tanto nacionales, como extranjeros, se salgan del circuito económico.

En el fondo involucra una especie de constreñimiento al elector, porque de alguna forma se está introduciendo un mecanismo con base en el cual, si una persona llega a ser presidente, entonces ese contrato no se ejecutaría, lo cual obviamente se convierte en una espada de Damocles para quien piense lo contrario”, recalcó Bejarano en Vicky en Semana.

En ese sentido, Bejarano consideró que el votante debe estar despojado de todo ese tipo de pactos, como la llamada ‘cláusula Petro’.

Por su parte, el abogado Jaime Lombana señaló que no compartía la postura de Bejarano respecto a la ‘cláusula Petro’, amparado en principios constitucionales. Recordó que cada actividad (o) iniciativa económica es libre dentro de los límites del bien común.

“Es decir, que esa libre competencia económica es un derecho que nos pertenece a todos; por supuesto, tiene una responsabilidad (...) Si la Constitución colombiana reconoce la libre empresa y la manera como prevé la autonomía de las partes, ahí no hay ninguna ilegalidad en esa cláusula. Yo me enteré de la existencia de esa cláusula esta mañana. Había oído que la gente, o algún sector, le tiene mucho temor o desconfianza a expresiones de expropiación, de temas petroleros, pero no me quiero meter en el debate político”, agregó Lombana en Vicky en Semana.