Vehículos

Más de 20.000 vehículos están a punto de ser inmovilizados en Bogotá: agentes tienen la lista

Es necesario realizar la diligencia oportunamente para evitar dolores de cabeza.

GoogleSiga las novedades y guías más recientes sobre vehículos en Discover

27 de noviembre de 2025, 6:28 p. m.
El listado de vehículos ya se encuentra disponible en la Ventanilla Única de Servicios.
El listado de vehículos ya se encuentra disponible en la Ventanilla Única de Servicios. | Foto: Getty / Montaje Semana

En Bogotá, 20.882 vehículos se encuentran inscritos en el Registro Distrital Automotor a nombre de persona indeterminada que han superado el periodo de permanencia de tres años, contados a partir del día de la inscripción del traspaso.

La Secretaría de movilidad confirmó la llegada de nuevas cámaras de Fotomultas.
La Secretaría de movilidad confirmó la llegada de nuevas cámaras de Fotomultas. | Foto: Colprensa - Camila Díaz / Semana / Montaje Semana

Es bueno recordar que esta maniobra permitió a los propietarios que vendieron su vehículo sin haber formalizado el traspaso ante el organismo de tránsito, desvincularse legalmente del automotor cuando no les fue posible identificar o ubicar a la persona a la cual le vendieron el vehículo.

Es decir, los poseedores de estos vehículos que fueron registrados a nombre de persona indeterminada deben legalizar la propiedad ante la Ventanilla Única de Servicios.

¿Qué debe hacer?

Si su vehículo se encuentra registrado en el organismo de tránsito de Bogotá como “persona indeterminada”, siga estos pasos:

  • Verificar si se encuentra en el listado oficial publicado aquí.
  • Realice el trámite de traspaso de propiedad a su nombre en la Ventanilla Única de Servicios.
  • Para formalizar el traspaso a nombre del poseedor, tiene un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de publicación del presente listado de placas.

¿Qué consecuencias tiene no legalizar la posesión del vehículo?

  • Suspensión del registro del vehículo, una vez transcurridos seis meses desde la publicación del listado de placas.
  • Inmovilización del vehículo si es sorprendido circulando por las vías de la capital sin la debida formalización del traspaso a su nombre.
En agosto, las autoridades de Bogotá han impuesto más de 60 comparendos a motocicletas que han invadido por los andenes.
Las autoridades ya tienen la lista de loe vehículos que sobrepasaron el plazo de 3 años para ponerse al día. | Foto: Twitter Movilidad Bogotá.

La Ventanilla Única de Servicios de Tránsito y Transporte de Bogotá invita a la ciudadanía a dar cumplimiento a lo establecido para este tipo de casos, legalizando la propiedad del vehículo que posees.

Requisitos para realizar el traspaso

Tarifas del trámite

  • Carro + (1 % sobre avalúo como retefuente comercial): $217.700
  • Moto + Retefuente (1 % sobre avalúo como retefuente comercial): $124.300

Condiciones y requisitos

  1. Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), como persona natural o jurídica (tanto vendedor como comprador). Si el trámite lo realiza un tercero, este también deberá estar inscrito.
  2. El vehículo debe estar matriculado en Bogotá y registrado en el RUNT.
  3. El SOAT debe estar vigente en el RUNT.
  4. Revisión técnico-mecánica cuando aplique, cargada en RUNT.
  5. Tanto el comprador como el vendedor deben estar a paz y salvo en multas por infracciones de tránsito a nivel nacional.
  6. Paz y salvo de impuesto sobre el vehículo, el cual se validará en la página de la Secretaría de Hacienda. Se sugiere aportar el comprobante de pago en físico para agilizar la validación.
  7. En el caso de persona jurídica, se verifica el Certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.

¿Qué documentos debe presentar?

Se impusieron más de 900 comparendos en el Plan Retorno, mientras la velocidad es de 30 km/h en salidas y 29 km/h en entradas.
Si su vehículo se encuentra a nombre de persona no indeterminada actualice y normalice su situación. | Foto: Tomado de X @SectorMovilidad
  1. Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería, pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal - PPT, el cual se debe encontrar en original. En caso de contar con la cédula digital, la misma es verificada a través del aplicativo de la Registraduría Nacional.
  2. Formulario de solicitud de trámite del Registro Nacional Automotor, debidamente diligenciado.
  3. Contrato de compraventa, documento o declaración en la que conste la transferencia del derecho de dominio, celebrado con las exigencias de las normas civiles o mercantiles, adjuntando las improntas; o certificación expedida por el fabricante, ensamblador o importador del vehículo, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN; o la imagen del código QR, según corresponda.
  4. Improntas, adheridas en la parte final o al reverso del contrato de compraventa o documento o declaración en el que conste la transferencia del derecho de dominio del vehículo. Si son de difícil acceso, se recibe certificación expedida por la Dijín.
  5. Presentar el recibo de pago de la retención en la fuente. Pago de la tarifa del trámite (en el banco autorizado, que se encuentra en los puntos de atención de la Ventanilla).
  6. Si el propietario es persona jurídica, se valida a través del RUES.
  7. Poder especial expedido por documento privado, poder general expedido mediante escritura pública o contrato de mandato, otorgado por el propietario donde le confíe a un tercero la gestión de realizar los trámites a que haya lugar.