La pérdida de una mascota no es un hecho menor para muchas personas; para algunos hogares, perros y gatos son parte de la familia y su ausencia puede generar un duelo real.
Esa realidad fue tenida en cuenta por la Corte Suprema de Justicia, que recientemente avaló la posibilidad de otorgar permisos laborales pagos cuando fallece un animal de compañía, en un caso concreto analizado por el alto tribunal.
El pronunciamiento se dio tras revisar un conflicto laboral entre la empresa AKT Motos y el sindicato Sintramotores, en el que se discutía la validez de una licencia remunerada asociada a la muerte de una mascota. Aunque no se trata de un derecho automático para todos los trabajadores del país, la decisión marca un precedente llamativo en el ámbito laboral colombiano.
Un permiso que nació de un acuerdo laboral
El caso llegó a la Sala de Casación Laboral en la sentencia SL2375-2025, Acta 41, luego de que, en un proceso arbitral, se incluyera un beneficio poco común: un permiso pago por la muerte de una mascota doméstica.
Inicialmente, la solicitud del sindicato planteaba tres días de licencia; sin embargo, tras la decisión final de los árbitros, el beneficio quedó reducido a un día.
La sentencia señala que “también reprocha el artículo 16 en el aparte relativo al permiso remunerado por muerte de mascota. Sostiene que la redacción permite registrar «cualquier» mascota doméstica y generar un día de permiso, sin excluir especies prohibidas por la Ley 1801 de 2016, creando un beneficio laboral en tensión con el ordenamiento y, por ende, desborda la competencia arbitral".

Ese día libre remunerado solo aplicaba para trabajadores afiliados al sindicato y bajo condiciones claras: la mascota debía estar registrada previamente ante la empresa y el permiso solo podía otorgarse por un animal doméstico.
La Corte examinó esta cláusula y concluyó que, al tratarse de un beneficio adicional y no obligatorio por ley, podía ser válido dentro de un acuerdo colectivo, siempre que no chocara con las normas vigentes.
El alto tribunal también advirtió que la redacción debía ser cuidadosa, para evitar interpretaciones amplias que incluyeran animales cuya tenencia está prohibida por la ley, lo que sí habría generado un conflicto con el orden jurídico.

Por qué la Corte avaló este tipo de licencias
En su análisis, la Corte Suprema recordó que en Colombia los animales domésticos han sido reconocidos por la jurisprudencia como seres que sienten y que ocupan un lugar relevante en muchos hogares. Ese vínculo emocional, señaló la Sala, explica por qué la muerte de una mascota puede afectar de forma significativa a una persona.

Bajo esa mirada, los árbitros laborales pueden conceder este tipo de permisos como beneficios adicionales, siempre que sean razonables y no vulneren la ley. No se trata de una obligación general para todos los empleadores, sino de una posibilidad que puede surgir en convenciones colectivas o laudos arbitrales, especialmente en contextos sindicales.










