Economía
Advertencia para dueños de gatos en Colombia: dura multa si infringen esta ley
Esto dice la legislación colombiana sobre la tenencia de estas mascotas.

Durante los últimos años, cada vez se ha dado un mayor auge de presencia de mascotas en los hogares colombianos, pues muchos ven a los animales como acompañantes e incluso miembros de la familia. Es por ello que distintas normas se han tenido que ajustar tras el incremento de la tenencia de mascotas en las casas.
La propiedad horizontal es uno de los regímenes que se ha ido ajustando a este cambio en las dinámicas, pues ha tenido que definir nuevas reglas para garantizar la convivencia en estos lugares, basadas en la legislación colombiana.

Existe una norma que pasa desapercibida para muchos, pero que podría traer serias multas. El artículo 118 de la Ley 1801 de 2016 indica que los gatos deberán transportarse dentro de los conjuntos en maletines especiales o con collares adecuados, cuando se encuentren en zonas comunes, vías públicas o lugares de acceso abierto y transporte público autorizado.
La norma busca prevenir incidentes con las mascotas, en las que puedan verse involucrados terceros afectados. En dado caso de que usted incumpla la norma y saque a un gato a la calle sin las medidas adecuadas, las autoridades podrán imponerle una multa de hasta cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes, que corresponden a una suma de $189.800.

Tenga en cuenta que, según el Dane, el 67 % de los hogares conviven con al menos un animal de compañía. Adicional a ello, la ley respalda la tenencia de estos.
Se trata de la Ley 746 de 2002, que permite la tenencia siempre y cuando las condiciones del lugar para habitar sean las adecuadas para el desarrollo y bienestar optimo de los animales.

Adicional a ello, se debe garantizar que la presencia de las mascotas no afecte la calidad de vida de los vecinos. La ley no precisa el número máximo de mascotas permitidas en viviendas urbanas y rurales. Pero las administraciones de conjuntos sí pueden regular esto.