El salario mínimo para 2026 quedó establecido en $ 1.746.882, tras un aumento del 23,7 % anunciado por el presidente Gustavo Petro en una alocución, este lunes, 29 de diciembre. Con este nuevo valor, los empleados del país deberán empezar a calcular lo que recibirán diariamente y por hora.

El Gobierno nacional anunció que el nuevo valor fue determinado vía decreto.
De acuerdo con lo establecido, el ingreso diario de un trabajador con salario mínimo será en 2026 de $ 58.364 sin considerar subsidios ni descuentos. La hora de trabajo estaría en torno a $ 7.958.

Esta cifra representa un aumento de $ 10.779,4 frente al valor del año 2025, cuando el salario diario era de $ 47.450.

No obstante, este monto no incluye las prestaciones sociales. Si se suma el auxilio de transporte, que equivale a cerca de $ 8.433,3 por día, el valor total de una jornada laboral asciende aproximadamente a $ 66.662.
¿Puede recibir un aumento si gana más del salario mínimo?
Una de las dudas más frecuentes alrededor del salario mínimo en Colombia es quiénes realmente se benefician de su incremento.
La ley establece que el aumento aplica de manera obligatoria para los trabajadores formales que devengan exactamente el salario mínimo, aunque existen algunas situaciones particulares que pueden ser tenidas en cuenta.
Además, el artículo 53 de la Constitución Política señala una serie de principios orientados a promover la equidad laboral en el país. Estos lineamientos sirven como referencia para que las empresas y los distintos sectores productivos evalúen ajustes salariales que permitan mejorar las condiciones económicas de sus trabajadores.
En muchas empresas, los aumentos en los salarios son anunciados por medio de una comunicación escrita en la cual se explica el tipo de variación en la compensación que recibirá y las bases que fueron utilizadas para la tarea.

Lo cierto es que en Colombia, según los datos del Dane, con corte a octubre de 2025, 2,4 millones de ocupados reciben un salario mínimo.
Entre tanto, Asofondos confirmó que en el universo de pensionados, entre Colpensiones y los fondos privados, 1,2 millones de jubilados tienen mesadas de un salario mínimo.
¿Cuáles son los criterios que pueden tener en cuenta las empresas privadas?
- Igualdad de oportunidades para los trabajadores.
- Remuneración mínima, vital y móvil.
- Estabilidad en el empleo.
- Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos.
- Protección especial a la mujer, la maternidad y los trabajadores menores de edad.
- Garantía de seguridad social, capacitación, adiestramiento y descanso.
Hay que señalar que los trabajadores del país deben conocer los recargos nocturnos y festivos para calcular las compensaciones adicionales que deben recibir por las labores realizadas.

El porcentaje del recargo nocturno se mantiene sobre el valor de la hora ordinaria y conserva su naturaleza salarial, por lo que será base para el cálculo de prestaciones sociales y aportes a seguridad social.
La jornada nocturna comenzó a contabilizarse desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., a partir del 25 de diciembre de 2025 , adelantando dos horas respecto al horario anterior.










