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Declaración de renta 2025: solo quedan 8 días para las últimas fechas. ¿Cómo van las cifras?

¿Cuántos colombianos han cumplido con la obligación como personas naturales? Así van las cuentas en la Dian

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14 de octubre de 2025, 8:18 p. m.
Tiempo de impuestos
Tiempo de impuestos | Foto: Getty Images

Después de los primeros meses del calendario tributario, y con los últimos plazos para presentar la declaración de renta en 2025, obligación prevista para ser asumida por 6,5 millones de colombianos (la meta de este año), muchos ciudadanos parecen haber olvidado que con una presentación extemporánea de ese formulario ante la Dian reciben una sanción que golpea el bolsillo.

El calendario tributario de declaraciones de renta de personas naturales está en los últimos días hábiles (tres de esta semana y cinco de la otra).

La última fecha será el 24 de octubre, luego de haberse iniciado dicho calendario el 12 de agosto de este año.

Hasta el 7 de octubre, según información suministrada por la Dian, iban 5.491.358 de declaraciones, de una meta prevista de 6,5 millones de personas. En otras palabras, hasta hace una semana faltaba más de un millón de personas por presentar el formulario como declarantes de renta.

Por ello, hay que recordar que un olvido de esa naturaleza acarrea sanciones. Es más, a muchos ciudadanos, que por una u otra razón pasan por alto la fecha límite en la que pueden cumplir con su obligación ante la Dian, les puede salir más caro de lo que habrían aportado con el impuesto a pagar en las fechas previstas.

Hay que recordar que la sanción mínima a la que se puede exponer el ciudadano es el equivalente al 5 % del impuesto a cargo. Y una cosa es que el olvido dure uno o dos días, y otra muy distinta es que pasen los días sin que el contribuyente se acerque a la Dian, pues de esa manera, va agrandando la suma a pagar.

Una vez la persona es sancionada con el 5 % del impuesto a cargo, por extemporaneidad, cada mes o fracción de mes tendrá más responsabilidad económica con la entidad recaudadora, pues además de sanción le cobrarán intereses por mora.

Declaración renta DIAN
Declaración renta DIAN | Foto: JUAN CARLOS SIERRA PARDO / Adobe Stock

Ahora bien, si la persona obligada a declarar renta, lo que en todo caso no significa tener que pagar un impuesto, además de la omisión de su obligación no se presenta ante la Dian, le pasarán factura por ello. Por ejemplo, si la entidad lo requiere por el olvido tributario, la multa podría ascender al 20 % del total de ingresos brutos o de las consignaciones bancarias del periodo no declarado.

¿Qué pasó con la declaración sugerida?

Según las estadísticas de la Dian, las declaraciones de renta sugeridas aceptadas por los ciudadanos a quienes les enviaron ‘la tarea hecha’ suman 147.534, con corte al 7 de octubre.

Esos documentos son elaborados a partir de las cuentas que la Dian recopila de terceros, es decir, lo que se llama información exógena. A partir de allí elabora las declaraciones sugeridas, pero los contribuyentes están en libertad de aceptarla o rechazarla, si estiman que las cifras allí anotadas no corresponden a su realidad en el año por el cual se está declarando renta. Pero eso sí, la tendencia es a que la entidad del Estado avance y, en algún momento, pueda enviarle a los colombianos la declaración de renta, como si se tratara de un recibo de servicio público. Aún falta terreno para llegar a ese momento.