Pocas expresiones tienen tanta autoridad moral en el debate público como el llamado ‘interés superior del niño’. Se pronuncia en juzgados, despachos, colegios y conversaciones familiares como una verdad incuestionable, casi sagrada. Sin embargo, pocas veces se analiza con la profundidad que merece. Porque cuando un concepto se vuelve intocable, también corre el riesgo de vaciarse de contenido.
En nombre del interés superior del niño se toman decisiones trascendentales: custodias, traslados de ciudad o de país, regímenes de visitas, cambios abruptos de colegio y rupturas definitivas de vínculos afectivos. Todo parece encontrar respaldo en esa fórmula. Pero la pregunta incómoda permanece: ¿quién define realmente cuál es ese interés y desde qué lugar lo hace?
En la práctica, muchas de estas decisiones se adoptan desde la mirada adulta, atravesada por culpas no resueltas, resentimientos, miedos, disputas de poder o simples conveniencias. Se confunde protección con control, estabilidad con inmovilidad y bienestar con silencio. El niño termina convertido en argumento, no en sujeto. Se habla por él, pero rara vez se le escucha.
El problema no está en el principio en sí mismo, que es necesario y valioso, sino en su uso automático y acrítico. El interés superior del niño no puede ser una frase comodín que cierre discusiones complejas ni una coartada moral para evitar decisiones difíciles. Exige análisis contextual, comprensión emocional y una lectura honesta de la realidad familiar.
Cuando se usa sin reflexión, se transforma en un eslogan que tranquiliza conciencias adultas mientras deja intactas las heridas infantiles. Se invoca para proteger, pero termina sirviendo para sostener estructuras que ya no funcionan.
En los procesos de separación o reorganización familiar, el temor a ‘afectar a los niños’ suele convertirse en excusa para prolongar conflictos, sostener relaciones rotas o imponer decisiones que preservan más la apariencia que el bienestar real. Se privilegia la idea de familia estable, incluso cuando esa estabilidad es solo formal y emocionalmente hostil.
En muchos casos, se confunde permanencia con cuidado. Se ignora que crecer en un entorno cargado de tensión, silencios forzados o lealtades impuestas puede resultar más dañino que transitar un cambio acompañado y consciente.
Escuchar no es delegar responsabilidades
Resulta paradójico que, mientras el discurso jurídico insiste en proteger la voz del niño, el sistema no siempre cuenta con herramientas efectivas para escucharla sin instrumentalizarla. Escuchar no significa obligarlo a elegir entre sus padres ni cargarlo con responsabilidades que no le corresponden.
Escuchar implica reconocerlo como sujeto emocional, capaz de expresar miedo, tristeza, confusión o afecto, sin que su palabra sea utilizada como munición en conflictos ajenos.
El interés superior del niño no puede analizarse de manera aislada. Los niños crecen en sistemas familiares, no en conceptos jurídicos. Ignorar la salud emocional de los adultos que los cuidan es una forma silenciosa de desprotección.
Un adulto emocionalmente agotado, resentido o anulado difícilmente puede sostener un entorno sano, aunque cumpla formalmente con su rol parental.
Desde el derecho y desde la sociedad necesitamos una reflexión más honesta y menos complaciente. Proteger a los niños no siempre implica evitar los cambios; a veces significa permitirlos. No siempre es sostener lo conocido; en muchas ocasiones es habilitar nuevas formas de vínculo más coherentes y menos violentas.
Tal vez ha llegado el momento de desmitificar el concepto, no para debilitarlo, sino para devolverle su sentido. Usarlo menos como escudo moral y más como herramienta viva, sensible y contextual. Porque cuando los adultos deciden sin escucharse a sí mismos y sin escuchar a los niños, lo que se protege no es su interés superior, sino nuestras propias resistencias al cambio.
Adriana Bocanegra Triana, abogada y docente universitaria del área de Familia, autora del libro La Valentía de Ser Madrastra y CEO de Abogados Corporativos Bocanegra Triana










