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Cocheros de Cartagena se quedaron con los crespos; juez negó tutela contra la implementación de los nuevos coches eléctricos

En la acción de tutela se pedía una indemnización cercana a los 70 mil millones de pesos.

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20 de enero de 2026, 8:00 p. m.
Caballos utilizados para empujar coches turísticos en Cartagena.
Caballos utilizados para empujar coches turísticos en Cartagena. Foto: Asociación Cartagenera de Cocheros

Por improcedente, el juzgado décimo segundo penal municipal de Cartagena rechazó la tutela presentada por un grupo de cocheros de Cartagena en contra del decreto 2258 de 2025 que implementó las carrozas eléctricas para pasear turistas por el Centro Histórico.

Para el juzgado, en este caso no se encontró evidencia frente a la vulneración de los derechos fundamentales de los dueños de los coches de tracción animal con la implementación de los nuevos vehículos.

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El Juzgado Décimo Segundo Penal Municipal de Cartagena declaró improcedente una acción de tutela interpuesta por un grupo de conductores de coches de tracción animal contra la administración distrital, en un intento por frenar la implementación de las carrozas eléctricas en el Centro Histórico.

Los cocheros, que son conocidos popularmente como ‘chambaculeros’, reclamaban que con la decisión de la Alcaldía de Cartagena, en diciembre pasado, se le habían vulnerado sus derechos al debido proceso, al trabajo, el mínimo vital, la defensa y la justicia ambiental.

La acción judicial iba más allá y solicitaba el pago de una indemnización cercana a los 71 mil millones de pesos por los daños generados por la sustitución de los coches con caballos para darle paso al ingreso de 62 carrozas eléctricas.

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Para el juez, las pretensiones de la tutela no contaban con ningún asidero. Igualmente, rechazó los reclamos sobre una exclusión de los cocheros frente a uno de los puntos del decreto que les exigía un nivel de inglés básico para trabajar en este escenario turístico.

“Aunque los accionantes aluden a determinadas circunstancias que, en su criterio, comprometerían dicho derecho, no aportaron elementos materiales de prueba que permitan acreditar la existencia de una relación laboral sea formal, legal o incluso de carácter verbal directa con el Distrito, ni tampoco condiciones particulares que los sitúen en una categoría de sujeto de especial protección constitucional”, indica.

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En el fallo, que fue notificado este 20 de enero, el juzgado indicó que los alcances del decreto se ajustan a los principios de progresividad y protección ambiental reconocidos por la jurisprudencia constitucional.

“Lejos de advertirse una vulneración, se aprecia que las decisiones administrativas cuestionadas se ajustan a los parámetros de progresividad y protección ambiental que ha reconocido la jurisprudencia constitucional”, indica.

Centro histórico de Cartagena 
Cartagena marzo 10 del 2023
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Panorámica Cartagena de Indias Foto: Guillermo Torres /Semana

Finalmente, se consideró que la acción de tutela no era la idónea al no acreditarse un perjuicio irremediable. La decisión fue celebrada por la Alcaldía de Cartagena que busca implementar estos coches eléctricos tras los reiterados casos de caballos que se morían por las largas jornadas laborales, la falta de alimentación adecuada, los golpes de calor y los malos tratos.


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