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Los ecosistemas como sujetos de derechos permiten sensibilizar a la gente sobre ellos. Pero las acciones que implican son de largo aliento y aún no se ven. | Foto: Pilar Mejía

MEDIO AMBIENTE

¿Por qué declarar el río Bogotá como sujeto de derechos?

Una iniciativa de organizaciones ambientales para declarar al río Bogotá sujeto de derechos –como ha sucedido con otros ríos– ha levantado una polémica sobre su efectividad. ¿Canto a la bandera o protección necesaria?

23 de mayo de 2020

“Una pendejada”. Así resumió en su cuenta de Twitter la rectora de la EAN, la bióloga Brigitte Baptiste, la propuesta de declarar sujeto de derechos al río Bogotá.

La Red Nacional del Agua de Colombia, una organización integrada por más de 256 líderes y grupos ambientales, planteó la idea, y recoge firmas en una plataforma digital desde hace una semana. Su propuesta es que el mar Caribe y el río Magdalena, que reciben las aguas del Bogotá, gocen del derecho a la vida.

Pero ¿para qué la proposición si ya están descontaminando al Bogotá? Una histórica sentencia que involucró a 72 entidades nacionales y regionales desde 2004 empuja el tema. Esa medida, que promete agua un poco más limpia a partir de 2021 después de casi un siglo de contaminación, incluye entre sus resultados plantas de tratamiento a lo largo de la cuenca, la ampliación y el mejoramiento de la del Salitre, y la construcción de una nueva en Soacha, Canoas, cuyo solo cierre financiero asciende a 4,5 billones de pesos.

En el caso del Bogotá, como planteó la propia Baptiste en otro tuit, esa sentencia en particular hizo justicia basada en la protección de las poblaciones damnificadas por la irresponsabilidad bogotana y no en los derechos del río.

Tal vez la “pendejada” tiene que ver entonces con que lo jurídico, pese a las buenas intenciones, no parece trascender cuando se habla de defender los derechos de un ecosistema.

Actualmente, en la categoría de sujetos de derechos están los ríos Atrato (Chocó), Cauca, Magdalena, Quindío, Pance (Valle del Cauca), La Plata (Huila), y Combeima, Cocora y Coello (Tolima), al igual que el páramo de Pisba (Boyacá) y la Amazonia colombiana. No obstante, la realidad cuestiona si tal dignidad realmente ha servido para proteger, conservar, mantener y restaurar la naturaleza de estos ecosistemas.

Abrió el camino en 2016 la Corte Constitucional al responsabilizar al Estado y a varias entidades por no responderles a las comunidades étnicas de la cuenca del Atrato y por vulnerar sus derechos fundamentales. El fallo parecía para un mundo ideal: ordenó eliminar la minería ilegal, hacer estudios epidemiológicos y toxicológicos, descontaminar las fuentes hídricas afectadas por el mercurio, y desarrollar un plan de seguridad alimentaria, entre otros.

Gustavo Guerrero, director del Centro de Estudios en Política y Legislación Ambiental de Colombia, sostiene que en los casos del río Atrato y la Amazonia, más allá de la ineficacia simbólica de la declaratoria, en términos prácticos no ha pasado nada. Atribuye esta situación a que el país reconoce la naturaleza como un objeto de protección y no como sujeto de derechos. Y obvio, la clave del éxito es que haya inversión pública disponible.

Laura Montaña, abogada e investigadora de la ONG Ambiente y Sociedad, piensa que cuando el país entienda que debe defender los derechos de la naturaleza tanto como los de los seres humanos, ya no habrá que acudir a estrategias judiciales a nombre de los ecosistemas.

Para el abogado ambientalista Rodrigo Negrete, la figura llama la atención sobre problemáticas particulares de algunos ecosistemas para que el Estado haga su parte. Pero aclara que estas sentencias, por regla general, no se cumplen. El Atrato es la prueba: “Allí siguen la minería ilegal, la contaminación con mercurio y las afectaciones a las comunidades”, dice.

Carlos Olaya es un investigador de Dejusticia, la organización que representó a los 25 niños y jóvenes que interpusieron la primera tutela sobre cambio climático en América Latina, lo que llevó a la declaratoria de la Amazonia colombiana como sujeto de derechos. Olaya considera que es muy temprano para decir si la figura sirve. “Puede que funcione para cambiar cómo pensamos o representamos a la naturaleza, pero eso no va a significar mucho si las órdenes de las sentencias no se pueden implementar”, recalca.

Diana Giraldo, del Movimiento Ríos Vivos Colombia, reconoce que es un hecho simbólico y una oportunidad para reparar los daños hechos a los ecosistemas. “Es la posibilidad de que la sociedad empiece a hablar de respeto y pueda concebir a la naturaleza como parte de los seres humanos y no desde una visión fragmentaria”.