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Eduardo Montealegre Lynett, fiscal general de la Nación; Rodrigo Uprimny, director de DeJusticia; Luz María Sierra, editora general de SEMANA; Luis Moreno Ocampo, exfiscal de la Corte Penal Internacional; Alfredo Rangel, senador.

FOROS SEMANA

El modelo de justicia que el posconflicto requiere

La forma de juzgar a los actores que participaron en el conflicto armado en un posible escenario de posconflicto será el eje central de la construcción de una paz duradera y sostenible en las próximas décadas.

2 de agosto de 2014

El congreso ‘Visiones del derecho internacional y su aplicación en Colombia’, organizado por la revista SEMANA y la Fiscalía General de la Nación, giró en torno a la necesidad de armonizar el derecho penal internacional y el derecho colombiano para consolidar el eventual acuerdo de paz que se logre entre el gobierno y las FARC en La Habana.

En primer término, frente al espinoso tema de la participación en política de los desmovilizados de la guerrilla acusados de crímenes de lesa humanidad, Diego García-Sayán, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, fue enfático al asegurar que “el derecho penal internacional no tiene restricción alguna. Lo que no permite la justicia internacional es la amnistía total”.

Por su parte, el exfiscal de la Corte Penal Internacional Luis Moreno Ocampo indicó que ese tema debe ser resuelto por los colombianos, ya que la Constitución de 1991 prohíbe a los sindicados o condenados por crímenes de lesa humanidad participar en política.

Con esta claridad inicial, los participantes debatieron el modelo de Justicia Transicional a aplicar en un escenario de posconflicto. El fiscal Eduardo Montealegre explicó que en el momento de enfrentar las penas que deban cumplir los implicados en el conflicto, “el concepto que prima en la Justicia no es la retribución, sino los  modelos de justicia restaurativa”.

Agregó, además, que en el marco de la Justicia Transicional el criterio de la proporcionalidad entre la gravedad de los delitos y la pena debe compararse entre  el derecho a la paz (como bien supremo) y el derecho que tienen las víctimas de verdad, justicia y reparación. 

Desde la otra orilla, Alfredo Rangel, senador por el Centro Democrático, insistió en que quienes hayan cometido crímenes de lesa humanidad paguen penas de cárcel y no puedan participar en política. Por su parte, el director de DeJusticia, Rodrigo Uprimny, se mostró en desacuerdo y aseguró que “estas serán decisiones políticas de los colombianos, que no se le pueden atribuir al derecho penal internacional”.

Las bacrim y el posconflicto

El Congreso también abordó el estatus legal a otorgar a las bandas criminales que no buscan reivindicaciones políticas y  han dejado una estela de víctimas a las que se les han vulnerado los derechos humanos (como lo sentenció la Corte Constitucional). Según Jorge Restrepo, representante del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (CERAC), “las definiciones y los estatus con los que se enfrente y judicialice a las bandas criminales influirá en la forma como se trate a desmovilizados de las FARC que puedan tomar este camino”.

En conclusión, para que los horrores del conflicto que vive Colombia no se repitan en próximas décadas, los colombianos tendrán que decidir en gran medida el modelo de justicia aplicable a los responsables de la violencia. 

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