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¿En riesgo las consultas interpartidistas? Consejo de Estado admitió demanda que pide suspender la convocatoria

Las convocatorias del Frente Amplio y la Gran Consulta por Colombia están fijadas para el próximo 8 de marzo.

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22 de enero de 2026, 7:16 a. m.
El 8 de marzo se celebrarán las elecciones legislativas y las consultas interpartidistas, en las que estará la ‘Gran Consulta por Colombia’, conformada por un bloque de candidatos a la Presidencia de centro derecha, y el ‘Pacto Amplio’, que compone a un grupo de siete aspirantes de centro izquierda.
El 8 de marzo se celebrarán las elecciones legislativas y las consultas interpartidistas, en las que estará la ‘Gran Consulta por Colombia’, conformada por un bloque de candidatos a la Presidencia de centro derecha, y el ‘Pacto Amplio’, que compone a un grupo de siete aspirantes de centro izquierda. Foto: Fotomontaje El País

SEMANA conoció en su totalidad el auto mediante el cual la Sección Quinta del Consejo de Estado admitió para su estudio la demanda presentada en contra de la resolución, con la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) fijó la fecha para la realización de las llamadas consultas interpartidistas para la elección de candidatos a la Presidencia.

Para los demandantes, las consultas de la denominada centro derecha y de la izquierda no se pueden hacer, puesto que hace apenas unos meses se implementó dicho mecanismo para la elección de un candidato a la Presidencia.

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“El 26 de octubre de 2025 se llevó a cabo una jornada de consultas populares, en la cual se habilitó de manera expresa la escogencia de candidatos al cargo de presidente de la República, lo que se materializó a través de la inscripción de precandidaturas presidenciales, la inclusión de dicho cargo en la tarjeta oficial de la consulta y la realización del correspondiente proceso de votación y escrutinio”, señala la demanda firmada por los abogados Juan Esteban Galeano y Martín Emilio Cardona Mendoza.

Esto es una clara referencia a la consulta en la que participaron el senador Iván Cepeda Castro, la exministra de Salud, Carolina Corcho y —pese a su renuncia— el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle. Esta acción ya tiene efectos vinculantes y puede calificarse como una consulta interpartidista.

Iván Cepeda
El senador y precandidato presidencial Iván Cepeda quiere ser el nuevo inquilino de la Casa Blanca. Foto: COLPRENSA

Por esto, las consultas que están programadas para el próximo domingo 8 de marzo incurren en una “infracción” a ojos de la mencionada legislación.

En palabras sencillas, ya se realizó una consulta que tenía como objetivo la inscripción y votación de precandidatos a la Presidencia.

“Las actuaciones administrativas descritas en el numeral anterior se encuentran actualmente en curso y están encaminadas a la materialización de un segundo ejercicio de selección de candidatos a la Presidencia de la República mediante el mecanismo de consulta popular, respecto de un cargo que ya fue sometido a dicho mecanismo dentro del mismo proceso electoral”, concluye la demanda.

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Para la mencionada consulta de octubre, el organismo electoral abrió la posibilidad para que todas las corrientes políticas pudieran presentarse y así lograr la elección de un candidato a la Presidencia. Sin embargo, solamente un reducido grupo de partidos y movimientos políticos participaron.

“El hecho de que únicamente hayan participado el Polo Democrático Alternativo, la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano no desnaturaliza la condición popular del mecanismo, pues dicha circunstancia no obedece a una decisión autónoma de las organizaciones políticas, y no a una limitación impuesta por la autoridad electoral”, aseveran los accionantes.

“La autoridad electoral dispuso un escenario de consulta accesible al conjunto del sistema de partidos de cabeza de cada organización la decisión política de concurrir o no al mecanismo (…) La circunstancia de que solo algunas organizaciones hayan decidido participar no altera que el mecanismo fue puesto a disposición de todo el sistema de partidos, y el cargo presidencial fue efectivamente sometido al escrutinio ciudadano”, argumentan los accionantes.

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La Gran Consulta por Colombia está conformada por Aníbal Gaviria, Vicky Dávila, Juan Carlos Pinzón, David Luna, Mauricio Cárdenas, Juan Daniel Oviedo, Paloma Valencia, Enrique Peñalosa y Juan Manuel Galán. Foto: Guillermo Torres / Semana

“Con independencia de la modalidad organizativa atribuida por la autoridad electoral, la consulta realizada el 26 de octubre de 2025 debe ser entendida, en términos jurídicos, como una consulta popular aplicada al cargo de Presidente de la República, que agotó materialmente el uso del mecanismo para dicho cargo dentro del proceso electoral correspondiente al período constitucional 2026-2030”, enfatizó.

En la demanda se pide, como medida cautelar de urgencia, suspender los efectos de la mencionada resolución que autorizó la realización de consultas populares, internas o interpartidistas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y/o de los grupos significativos de ciudadanos, para la adopción de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos a la Presidencia de la República para el año 2026.

El magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez definirá en los próximos días si acepta o no esta petición que afectaría el desarrollo de las consultas.

Consejo de Estado admitió la demanda



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