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La víctima se recupera de lesiones en los tejidos blandos de sus piernas, sin mayores complicaciones. Al final de la audiencia contra su agresor pidió justicia para que otras personas no sean víctimas de la intolerancia.

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¿Por qué el video del atropello a conductor del Sitp no fue tenido en cuenta como prueba contra el agresor?

SEMANA consultó a dos abogados para entender por qué este material que parecía tan contundente se quedó por fuera de la cadena de custodia del caso y ocasionó que José Mauricio Gil quedara en libertad.

9 de agosto de 2019

A las 10 de la noche de este jueves, la Fiscalía General de la Nación comunicó a través de un trino que el propietario del Jeep rojo, que atropelló a un conductor del Sitp, fue puesto en libertad porque un juez de garantías consideró ilegal su captura.

Esta decisión causó conmoción en la ciudadanía debido a que esta agresión quedó registrada en video y aún así, el hombre quedó exento del delito por tentativa de homicidio. Por eso SEMANA consultó a dos expertos en materia jurídica para entender qué ocurrió  para que José Mauricio Gil quedara libre, a pesar de haber arrollado al conductor del Sitp con su carro el pasado miércoles.

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Para Nicolás Ortega Tamayo, abogado especialista en derecho penal, hay varios elementos a analizar en este caso. Lo primero que señala es que el argumento del juez sobre la "no concordancia en línea de tiempo" obedece a que él consideró que el hombre no fue detenido en flagrancia.

"Seguramente la Fiscalía se estaba fundamentando en una causal de cuasiflagrancia -contemplada en el numeral 4 del artículo 301 del Código de procedimiento penal- que dice que: la persona es sorprendida o individualizada en la comisión de un delito en un sitio abierto al público a través de la grabación de un dispositivo de video y aprehendida inmediatamente después", dice el abogado. Pero si las autoridades realizaron la captura horas después de que se grabó el atropello y no de forma inmediata, entonces esto sería una causal para considerar ilegal la detención de José Mauricio Gil.

Algo que efectivamente sucedió, porque según las declaraciones de la víctima, Isaías Vargas, dadas a Caracol Radio, pasó un periodo desde que fue atropellado hasta que la Policía decidió llevarse al agresor. "No hablé con él ni antes ni después. No hubo cruce de palabras con él, yo lo veo es en la ambulancia, en el momento que la Policía estaba diciendo que si yo iba a conciliar con él o qué íbamos a hacer al respecto”.

Para Ortega Tamayo otro de los puntos debatibles en este caso, y que tuvo en cuenta el juez en su decisión, es la calidad del material probatorio. "No basta con decir que existe un video, sino que hay que argumentar quién lo recolectó, con miras a evitar que el video sea manipulado, modificado, así lo conozca todo el mundo", dijo.

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Además, el abogado explica que cuando el juez indicó que "no se recolectó el video original mediante cadena de custodia", esto se traduce en que hubo un rompimiento en dicha cadena, porque debió ser un investigador de Policía judicial y no el supervisor del Sitp, quien debió recoger la grabación. "Cuando hay un problema en la cadena de custodia hay un problema de valoración. Luego, ese argumento no puede ser motivo para poder imponer una captura", dijo.

El abogado Julio César Valencia Betancourth, también analizó este caso y sobre el delito que pudo haber cometido el conductor, dijo "en el video que se publicó no queda claro si la intención del conductor era asesinarlo o evadirse. Ese aspecto subjetivo de la intencionalidad no es tan evidente como para inferir que se trató de un intento de homicidio”.

Betancourth cree que esa valoración del juez solo puede variar si se anexan nuevas pruebas al proceso que permitan identificar, con más certeza, la motivación del hecho que se le endilga al conductor.

Al declararse ilegal la captura, José Mauricio Gil no resultó imputado por el presunto delito de tentativa de homicidio. Y aún se desconoce qué acción tome la Fiscalía. Si el ente acusador decide imputarle cargos a Gil por lesiones personales dolosas o culposas, este delito no contempla penas superiores a los 36 meses cuando la incapacidad legal establecida por Medicina Legal no supera los 30 días. Así lo establece el Código Penal en su artículo 112. 

Por último, los abogados coinciden en decir que la libertad de José Mauricio Gil no se traduce en que quede absuelto del proceso. La investigación sigue adelante, pero hay que recordar que la privación de la libertad durante el proceso penal es excepcional, no la regla general, porque existe la presunción de inocencia.

¿Qué ocurrió?

Este miércoles, sobre la Carrera Séptima con calle 82, en el norte de Bogotá, el conductor de una camioneta roja intentó arrollar al conductor de un bus del SITP. El hecho, que fue grabado por un usuario y publicado en redes sociales, despertó la indignación de muchos ciudadanos.

Aparentemente el bus del SITP y la camioneta se estrellaron y el conductor de servicio público se puso frente al carro particular para evitar que el conductor se fuera. Este, en un arranque de intolerancia, decidió arrancar el carro y pasarle por encima. 

En la misma red social, otro usuario que se encontraba en el lugar de los hechos afirmó que el hombre arrollado tenía varias lesiones y había sido trasladado en ambulancia después del incidente, aunque en una fotografía se ve consciente y hablando con varios policías.