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Ojo motociclistas: ley prohíbe a agentes de tránsito multarlo por no portar este documento

La ley es clara y acoge tanto a las autoridades como también a todos los conductores.

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20 de enero de 2026, 5:41 p. m.
Es indispensable que quienes manejen motocicletas salgan de sus casas con ciertos documentos
Es indispensable que quienes manejen motocicletas salgan de sus casas con ciertos documentos Foto: JUAN SEBASTIAN CRUZ

Constantemente, los agentes de tránsito realizan diferentes operativos en las calles con el propósito de verificar que los conductores tengan los papeles respectivos de su vehículo al día.

Por lo tanto, es indispensable que quienes manejen motocicletas salgan de sus casas con ciertos documentos, los cuales son obligatorios para movilizarse por las vías.

Algunos de estos son: tarjeta de propiedad, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), la licencia de conducción y la revisión técnico-mecánica.

La normativa implica que estos documentos deben estar al día; sin embargo, existen dudas de los conductores sobre si es o no obligatorio que todos los papeles se deban tener en físico.

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Otras de las inquietudes es si las autoridades pueden revisarlos a través del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) o si cabe la posibilidad de hacerlos llegar en caso de haber sido olvidados.

En este sentido, hay un caso puntual que vincula directamente a la revisión técnico-mecánica, certificado que muchos portan en físico o lo guardan en su correo electrónico.

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Operativos de tránsito. Foto: JUAN SEBASTIAN CRUZ

La Ley es clara y acoge tanto a las autoridades como también a todos los conductores de cualquier vehículo, para que ambas partes sepan cómo deben actuar al momento en que se les exija la revisión técnico-mecánica.

“La Autoridad de Tránsito deberá realizar la consulta a través del Registro Único Nacional de Tránsito del cumplimiento de la norma si no se ha realizado la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes; por lo tanto, no podrá exigir el certificado físico de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes”, dice el Decreto 2106 de 2019.

Esto no quiere decir que los conductores estén eximidos de la responsabilidad de tener este trámite al día, lo cual es obligatorio para todos los vehículos después de cierto tiempo de matriculados.

Las autoridades están en su obligación de requerir el documento de la revisión técnico-mecánica, pero si el conductor no lo porta consigo en ese momento, deben consultar a través del RUNT y verificar su validez sin tener que multarlo por no tener el físico dicho papel.


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