Vehículos
Registran muertos por uso de patinetas eléctricas: advierten cuáles son los accidentes y lesiones más comunes
El uso de patinetas eléctricas transporte ha ido en aumento; el llamado es a considerar que no son juguetes y que requieren reglas y cuidados especiales.
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Entre enero y junio de 2025, trece personas resultaron lesionadas y dos murieron en Colombia por accidentes relacionados con patinetas eléctricas, según datos de Medicina Legal, citados por la Universidad Manuela Beltrán.
Aunque estos vehículos ganaron popularidad por su bajo impacto ambiental y agilidad en el tránsito urbano, las cifras evidencian una realidad que exige mayor atención: no son un juguete o alternativa casual, sino nuevos actores viales con riesgos asociados.
Los sucesos en los que se reportaron esos lesionados se distribuyeron así:

- Nueve se accidentaron tras colisionar con automóviles.
- Uno por accidente con una bicicleta.
- Uno por accidente con una camioneta.
- Uno por accidente con una motocicleta
- Uno por accidente con otra patineta eléctrica.
Bogotá concentró cinco de estos casos, también fue la ciudad en la que se presentaron los dos fallecimientos reportados; uno fue el resultado de un choque con un bus y otro con una moto.
El doctor Jaime Alejandro Vargas, experto en salud de la Universidad Manuela Beltrán, advierte que las lesiones que sufren quienes se movilizan en estos vehículos pueden ser tan graves como las de los ciclistas o motociclistas.
“Entre las más peligrosas está el trauma craneoencefálico, que puede ser mortal si no se usa protección adecuada. También hay traumas de tórax que comprometen órganos vitales y fracturas en las piernas que pueden dejar secuelas permanentes”, explicó.
El tema del uso y la seguridad en las patinetas eléctricas cobra aún más relevancia tras la reciente sanción presidencial del proyecto de ley 111 de 2023, “Por medio de la cual se regula la circulación y se promueve el uso de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, como alternativas de movilidad sostenible”.
La norma permitiría que patinetas eléctricas y otros medios similares circulen legalmente por las ciclorrutas del país, una medida que ha generado tanto respaldo como polémica.

Para Hugo Pachón, experto en movilidad de la misma universidad, la iniciativa tiene luces y sombras.
“Puede incentivar el uso de vehículos eléctricos, que no contaminan, descongestionar las ciudades y permiten traslados más rápidos. Pero también representa un riesgo para peatones y ciclistas en las ciclorrutas por la velocidad que algunos de estos aparatos pueden alcanzar”, señala.
Pachón insiste en que la inclusión de las patinetas en la infraestructura urbana debe ir acompañada de medidas claras.
“Se necesitan planes de control policial y regulación de velocidades para evitar que lo que hoy es una opción de movilidad se convierta en una fuente mayor de accidentalidad”.
Extreman controles a las patinetas
La Ley 2486 de 2025 tramitada en el Congreso de la República fijó límites de edad, señaló que no pueden ser conducidas por menores de 16 años; además, aclaró si estos aparatos se pueden utilizar fuera de las ciclorrutas.
“No deben transitar sobre las aceras o andenes, los lugares destinados al tránsito de peatones ni por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban“, recoge la nueva ley.
“Su uso será exclusivamente para transporte personal urbano. Está prohibida su circulación por la Red Vial Nacional, salvo en aquellos tramos que cuenten con ciclo-infraestructura, siempre que esta no haya sido restringida expresamente por la autoridad competente. Se exceptúan de esta prohibición las bicicletas eléctricas, las cuales se asimilan a las bicicletas en lo que tiene que ver con su circulación por la Red Vial Nacional”, agrega la norma.

Límites de velocidad claros para patinetas
El articulado señala que los vehículos eléctricos livianos para el transporte urbano “deberán respetar los límites de velocidad establecidos en las normas de tránsito, tanto para la ciclo-infraestructura como para las vías permitidas por las que circulen; en todo caso, su velocidad máxima permitida nunca podrá ser mayor a 25 km/h en ciclo-infraestructura y a 40 km/h en vías permitidas”.