COMERCIO
Día sin IVA: esto dice el decreto del Gobierno sobre las reglas para la primera jornada
La invitación a los colombianos es a que le madruguen a la jornada para evitar las filas electrónicas y el riesgo de colapso en plataformas. MinComercio, Cámara de Comercio Electrónico y el director de ingresos de la Dian hicieron recomendaciones.
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SEMANA conoció el Decreto 1314, que será destapado en próximas horas por el Gobierno. Consta de siete páginas y tiene fecha del 20 de octubre. En este documento se establecen las reglas de juego para la primera de las tres jornadas del Día sin IVA que tendrá Colombia, que se realizará el 28 de octubre de 2021.
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Las mismas indicaciones aplicarán para las tres jornadas, pero la primera no deja de causar expectativa, toda vez que tiene dos novedades: la posibilidad de usar efectivo como medio de pago, pues las jornadas serán combinadas (presencial y virtual) y la obligatoriedad de emitir la factura electrónica.
Aquí los puntos esenciales del decreto:
1. Horarios
El horario es un tema clave, puesto que se trata de un día en el que se aplica un levantamiento del cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para siete categorías de productos establecidos por ley: vestuario, electrodomésticos, computadores, útiles escolares, elementos deportivos, juguetes e insumos agropecuarios. El fin de los días sin IVA es promover el comercio y, a la vez, dar oportunidad al consumidor de comprar mercancías a precios más bajos.
Por esa razón, aplicar el horario será de vital importancia para que la Dian pueda valer la exención del IVA. Aunque en el decreto dice que para la hora de inicio y terminación en cada una de las jornadas se tendrá en cuenta la hora legal colombiana que corresponde al tiempo universal coordinado, disminuido en 5 horas, lo cierto es que el director de ingresos de la Dian, Julio Lamprea, dijo en una rueda de prensa conjunta con la ministra de Comercio, María Ximena Lombana, y la presidenta de la Cámara de Comercio Electrónico, María Fernanda Quiñones, que en el caso de compras electrónicas, el horario empieza pasadas las 00:00 horas y termina a las 11:59 p.m. del 28 de octubre.
Los horarios en los establecimientos los determinarán los negocios de manera individual, pero ya se ha mencionado que algunos iniciarán muy temprano, inclusive, a las 7 de la mañana.
2. Que haya control
El éxito de la jornada dependerá del control, de manera que se cumplan todas las condiciones para que los expendedores puedan distribuir los productos y los consumidores adquirirlos, dentro de las normas establecidas.
De esa manera, en el decreto se expresa que “los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) deberán parametrizar sus sistemas informáticos para la aplicación de los tres (3) días sin IVA, y el ejercicio del control sobre el número máximo de unidades que pueden ser adquiridas para garantizar que los bienes cubiertos adquiridos no superen los montos económicos establecidos en el artículo 38 de la Ley 2155 de 2021″.
3. Cumplir con los precios
El decreto 1314 es tajante al señalar que “el precio de venta del bien cubierto debe corresponder al valor efectivamente pagado por el adquiriente del bien antes del impuesto sobre las ventas (IVA)”. La adquisición de mercancías tampoco debe superar el monto dispuesto, en unidades de valor tributario -UVT- según el producto.
4. Ojo, es con factura electrónica
De acuerdo con lo establecido en el decreto, la facturación de la venta se debe realizar a través del mecanismo de factura electrónica, En caso de alguna falla, se tiene prevista una contingencia, de manera que se pueda dar validez a la venta.
Según lo señalado por Lamprea, la Dian ha venido realizando pruebas para garantizar que el tráfico que se genere pueda ser recibido sin ningún problema. El mecanismo de factura electrónica ha ido avanzando en el país y ya hay 650.000 habilitados, lo que hará que gran parte de los negocios estén listos, con todo el aprendizaje obtenido en 2020.
5. En caso de devoluciones o cambios
No faltará el caso en el que el comprador requiera solicitar una devolución. En ese sentido, el decreto señala que, “para que se mantenga la exención del impuesto sobre las ventas -IVA en el “día sin IVA” cuando se presenten devoluciones, cambios o garantías sobre los bienes cubiertos por la exención en el impuesto sobre las ventas -IVA, que fueron vendidos en el día en que se aplicó la exención, el responsable del impuesto sobre las ventas -IVA, deberá realizar la devolución, cambio o garantía por otro bien de la misma referencia, marca, valor y al mismo adquiriente del bien objeto de devolución, cambio o garantía”.
El documento agrega que, cuando se genere la devolución o reintegro del valor del bien, la nueva compra no se encontrará cubierta con la exención en el impuesto sobre las ventas -IVA, a menos que se realice en otro día que aplique este beneficio.
Expectativas
Para el primer Día sin IVA, con todo el aprendizaje acumulado de años anteriores se espera un incremento del 25% en las ventas, en comparación con jornadas anteriores.
La presidenta de la Cámara de Comercio Electrónico indicó que se tuvo un incremento de 7 veces en las ventas y 17 veces en el tráfico. Si bien, no se descarta que se presenten filas en las plataformas, la dirigente gremial manifestó que están preparados.
El llamado que hace el director de ingresos de la Dian es a que los colombianos le madruguen a la jornada, revisando los catálogos para tomar con antelación la decisión sobre los productos que van a comprar, aprovechando los descuentos.
De igual manera, cuando se trate de compras en línea, la invitación es a ingresar a sitios seguros, no utilizar link enviados sino ir directo a la página, no compartir los datos bancarios, usar una conexión privada (no los servicios públicos de internet) y asegurarse de cerrar cuando concluya la operaci