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Ciudadanos con antecedentes penales cuentan con nuevas reglas para acceder a los productos financieros del país

El documento debe ser ejecutado en los procesos que realizan las entidades financieras.

3 de septiembre de 2025, 12:14 a. m.
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La iniciativa busca que los ciudadanos no sean rechazados por sus antecedentes. | Foto: Getty Images/iStockphoto

El pasado 28 de agosto de 2025, la Superintendencia Financiera de Colombia emitió la Circular 0010 de 2025, en la cual se establecieron los parámetros para los ciudadanos del país que cuentan con antecedentes penales y que buscan tener acceso a productos financieros.

En primer lugar, la circular expedida por la entidad busca dar claridad al tema y responder a una solicitud realizada por la Corte Constitucional para la realización de análisis de seguridad a las personas con antecedentes judiciales que deseen acceder a productos financieros.

“En este contexto, las entidades vigiladas deben adoptar medidas eficaces para gestionar el riesgo de LA/FT, sin que ello implique la imposición de restricciones absolutas o generalizadas para el acceso de personas al sector financiero. Lo anterior, en la medida en que las instrucciones vigentes permiten a las entidades vigiladas aplicar criterios basados en riesgo para evaluar las particularidades de cada caso en concreto”, señala la Superfinanciera.

Por otra parte, esta serie de medidas busca que los ciudadanos que cuenten con historial judicial no sean castigados de manera inmediata por las entidades ni se les restrinja el acceso a diversos servicios ofrecidos por las entidades bancarias del país.

Superintendencia Financiera de Colombia fachada
Bogota mayo 17 del 2023
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Superintendencia Financiera de Colombia emitió una nueve serie de reglas. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

“Las entidades vigiladas deben abstenerse de aplicar restricciones automáticas para el acceso de los consumidores financieros a la prestación de productos y servicios financieros, con base exclusivamente en la existencia de antecedentes penales o investigaciones penales en curso, sin haber realizado previamente un análisis individualizado de su perfil de riesgo de LA/FT”, se destaca en la circular publicada.

¿Qué acciones deben realizar las entidades del país?

  • Identificar el perfil de riesgo de cada uno de los ciudadanos.
  • Identificar el perfil de riesgo que se puede presentar para la entidad.
  • Evaluar el tipo de antecedente.
  • Analizar la actividad económica a la cual se dedica la persona.
  • Solicitar información adicional, de ser necesaria.
  • Realizar seguimiento preventivo.
  • Intensificar controles dependiendo del riesgo de cada ciudadano.

Las autoridades financieras deberán ejecutar las directrices dadas por la entidad para tener un mayor control sobre los ciudadanos que buscan acceder a nuevos productos financieros.

Dinero devuelto por un hombre en Montería.
Las entidades deben evaluar el riesgo de cada persona, | Foto: Suministrada a SEMANA.

Cabe señalar que muchas personas con antecedentes judiciales cuentan con proyectos empresariales que han sido planteados a través de los programas que se imparten en los centros de reclusión.

Diversas entidades ofrecen facilidades para estas iniciativas, con el objetivo de lograr una reinserción efectiva mediante proyectos económicos que brinden oportunidades laborales a este tipo de población.

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