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Negar la moción de Carrasquilla, el dolor de cabeza de Macías en los estrados

El Consejo de Estado comenzó el estudio de la demanda que pide la muerte política del presidente y del vicepresidente del Senado. Para defenderse, Macías se la jugó por la inviolabilidad del voto.

23 de noviembre de 2018

La estrategia política que Ernesto Macías adelantó desde la presidencia del Senado, para librar al ministro Alberto Carrasquilla de la moción de censura que propuso Jorge Robledo, le provocó un nuevo dolor de cabeza al senador del Centro Democrático. Una demanda en su contra hace trámite en el Consejo de Estado, tribunal que decidirá si la decisión de negar el debate le significa o no la muerte política al parlamentario. 

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El demandante es Fredy Alejandro Güiza, quien cuestionó la actuación de Macías y del vicepresidente del Senado, Eduardo Enrique Pulgar (La U). Asegura  que los parlamentarios violaron la Ley Quinta que establece un procedimento de votación y debate para tramitar este tipo de juicios políticos. Subraya que según el artículo 135, la moción de censura debe ser propuesta por lo menos por la décima parte de los miembros que componen la misma Cámara. La votación -continúa la norma- deberá hacerse entre el tercero y el décimo día de la terminación del debate, con audiencia pública del funcionario respectivo. Y su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto. En caso de ser aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo. 

El documento fue radicado por Güiza ante el alto tribunal y ya fue admitido. Allí también expone que existió un conflicto de interés ya que Macías, como miembro del Centro Democrático, partido que se declaró de gobierno, protegió a un funcionario del Ejecutivo como es el ministro de Hacienda.

Antes de que pudiera llegar a la votación, la Mesa Directiva del Senado -conformada por Macías, Pulgar y Angélica Lozano (que se apartó de la decisión)- rechazaron la moción de censura al calificarla de improcedente. La postura de los dos parlamentarios fue que las conductas del ministro Carrasquilla, en el caso de los bonos de agua, no correspondían a sus actuales funciones como ministro de Hacienda, y que al ser de la órbita particular no eran objeto de reproche político. 

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Carrasquilla fue señalado por el senador Jorge Enrique Robledo de haber empobrecido a 117 municipios del país mediante una operación financiera en la que comprometieron recursos para obras de acueducto y saneamiento básico que finalmente no se ejecutaron. La acusación se basó en una columna de Daniel Coronell, quien reveló que Carrasquilla habría preparado toda esa operación desde cuando era ministro de Álvaro Uribe en 2007. El congresista del Polo Democrático aseguró que por cuenta de esta operación Carrasquilla se ganó 22.000 millones de pesos. 

El ministro asumió su defensa explicando públicamente que ni se enriqueció ni ningún municipio se empobreció con los bonos de agua, pero su batalla más dura la dio en el capitolio, en donde salió librado de la petición de juicio político y así ocurrió, en parte, gracias a la decisión de Macías y de Pulgar.

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El magistrado ponente, Ramiro Pazos Guerrero, ya comenzó el trámite de la demanda. El presidente del Senado se defendió a través de un memorial en el que explica al Consejo de Estado las razones por las que consideró que Carrasquilla no podía ser sometido a un juicio político. Además de ostentar un cargo diferente al de los cuestionamientos, Macías fue enfático en que sus funciones como ministro hoy no tienen relación con las tareas que asumió como jefe de la cartera de Hacienda durante la administración del expresidente Uribe. "Se trata de dos planes de desarrollo diferentes y de dos administraciones diferentes", aseguró.  Según Macías, una de las exigencias constitucionales para el juicio político es que los hechos guarden relación directa con las funciones ministeriales.

Ante el Consejo de Estado, Macías también destapó otra carta: la de la inviolabilidad del voto parlamentario. El congresista usa la ley para recordarle a los magistrados que no está obligado a responder judicialmente por votar u opinar en uno u otro sentido cuando deliberan o deciden. “El congresista escapa no sólo a las persecuciones penales sino también a cualquier eventual demanda de naturaleza civil por los votos u opiniones formulados en ejercicio de sus funciones", subrayó.

Así las cosas, aunque parecía que la polémica alrededor del ministro Carrasquilla se había agotado en el Congreso, el siguiente round se trasladó al Consejo de Estado que podría pasar cuenta de cobro al rechazo de su moción de censura.