Con el propósito de cubrir los requerimientos en materias de alcoholes y antisépticos para soportar los cuidados de servicios médicos, el Gobierno nacional anunció que brindará facilidades para que estas empresas departamentales los produzcan, ante la situación derivada por la pandemia del covid-19.
El ministro de Salud, Fernando Ruiz, señaló que, para tal efecto, la cartera a su cargo expidió las Resolución 520, la cual establece los requisitos para la fabricación de antisépticos y desinfectantes de uso externo categorizados como medicamentos para el uso en esta emergencia sanitaria.
El funcionario explicó que esa norma se relaciona con la fabricación de alcoholes, antisépticos y bricoles que “son esenciales, que incluye la producción, comercialización y venta de estos productos”.
Afirmó que, con respecto a esos elementos, “las industrias licoreras en Colombia podrán con libertad producir muy rápidamente alcoholes para soportar los cuidados de servicios médicos”.
Así mismo, indicó que se expidió la Resolución 522 que establece requisitos para la importación y fabricación en el país de reactivos de diagnóstico in vitro, dispositivos médicos, equipos biomédicos y medicamentos, declarados vitales no disponibles, requeridos para la prevención, diagnósticos y tratamiento, y seguimiento del covid-19.
El ministro Ruiz explicó que la norma cobija todo lo que implique “medicamentos, pruebas diagnósticas, elementos de protección personal, dispositivos médicos; por lo menos cuatro o cinco rubros específicos que atienden lo que requieren los pacientes para su diagnóstico, lo que requieren para el manejo y tratamiento de la enfermedad, lo que se requiere por parte de los médicos para estar adecuadamente protegidos”.
“Esto implica que vamos a tener un proceso mucho más expedito para poder tener esos elementos de manera inmediata. El Invima no va a tener trabas para poder hacer esta aprobación”, agregó.
En cuanto a las pruebas rápidas, señaló que “vamos a poder tener la facilidad de poder entrar al país, validar las pruebas y ponerlas a disposición de las EPS y por supuesto, de los colombianos”.
El ministro de Salud aseveró que las Resoluciones 520 y 522 permiten que de “30 etapas que tenían anteriormente los procedimientos para concesión de registro sanitario en estos casos específicos, estamos pasando prácticamente a dos requerimientos, lo cual acorta el tiempo de 6 a 8 meses, a cosa de días”.
