Bogotá

Escándalo: el 59 por ciento de los capturados por homicidio en Bogotá quedan en libertad. Urge una reforma a la ley

Cerca del 56 por ciento de los capturados en flagrancia por homicidio en Bogotá quedan libres por decisión de un juez. Esa cifra, respecto a otros delitos menores, asciende hasta el 96 por ciento.

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14 de febrero de 2026, 1:53 a. m.
El alcalde Carlos Fernando Galán y el secretario de Seguridad, César Restrepo.
El alcalde Carlos Fernando Galán y el secretario de Seguridad, César Restrepo. Foto: Semana

En Bogotá, la discusión sobre la ruptura entre seguridad y justicia es cada vez más evidente. Mientras las autoridades de la ciudad redoblan capacidades para lograr abarcar la protección de toda la capital y hacer un frente para frenar la avanzada de los criminales que disparan los delitos, pareciera que el diseño del sistema judicial del país va en contravía de esos esfuerzos.

El alcalde Carlos Fernando Galán ha planteado públicamente que existe un desfase entre la capacidad de captura de criminales de la Policía de Bogotá y las decisiones posteriores del sistema judicial. Los datos consolidados de la Policía Metropolitana para 2025 son suficientes para soportar los constantes llamados, no solo del alcalde, sino del secretario de Seguridad y del mismo comandante de la Policía.

Entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2025 se registraron 29.365 capturas en flagrancia por todos los delitos, frente a 27.039 en 2024. Según esos cálculos, hubo 2.326 capturas adicionales, un incremento del 9 por ciento. Lo que refleja que la actividad operativa durante el año pasado aumentó.

El secretario de Seguridad, César Restrepo, y el alcalde, Carlos Fernando Galán, buscan la forma de hacer modificaciones a la Justicia que permitan aplicar la ley de forma uniforme en cualquier caso delictivo.
El secretario de Seguridad, César Restrepo, y el alcalde, Carlos Fernando Galán, buscan la forma de hacer modificaciones a la Justicia que permitan aplicar la ley de forma uniforme en cualquier caso delictivo. Foto: SECRETARÍa DE SEGURIDAD/ JUAN SEBASTIAN CRUZ-semana

El punto crítico de esta discusión aparece al revisar la situación jurídica posterior a esas 29.365 capturas, pues solo 1.771 personas quedaron con algún tipo de detención; es decir, solo el 6 por ciento del total. De esas detenciones, 1.180 fueron carcelarias, 497 quedaron pendientes por medida, 76 domiciliarias y 18 con brazalete electrónico.

En contraste, 10.267 personas quedaron en libertad por decisión de juez; esto es el 35 por ciento, y 17.327 recuperaron la libertad por decisión de fiscal; o sea, el 59 por ciento. La cifra es alarmante. El 94 por ciento de los capturados en flagrancia no terminaron con una medida privativa de la libertad.

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En las libertades otorgadas por un juez, las principales razones fueron: no profiere medida de aseguramiento, en 8.939 casos; no se considera peligro para la comunidad, en 15 de los procesos; anulación del riesgo de comparecencia, en 198; no ocasiona obstrucción a la Justicia, en 849; captura sin inferencia de autoría o participación, en 12; vencimiento de términos, en 11 de los casos; vulneración de garantías procesales, en 238; vulneración de derechos fundamentales, en 4, y no se considera peligro para la víctima, en un caso.

En la mayoría de los casos, los criminales son liberados por no ser considerados un peligro para la sociedad. El hacinamiento carcelario también es una razón.
En la mayoría de los casos, los criminales son liberados por no ser considerados un peligro para la sociedad. El hacinamiento carcelario también es una razón. Foto: JOSÉ LUIS GUZMÁN-EL PAÍS

En las libertades concedidas por fiscal, la razón predominante fue que el mínimo de la pena es inferior a cuatro años en 13.251 capturas. También hubo 1.616 casos por tratarse de delito querellable, 1.233 por vulneración de garantías procesales, 877 por conciliación, 336 por vencimiento de términos y 14 por vulneración de derechos fundamentales.

Estas cifras son el soporte del planteamiento que ha venido haciendo el alcalde Galán. El problema no solo está en la capacidad de reacción policial, sino en lo que ocurre después de la captura. El mandatario ha señalado que la ciudad no puede normalizar un circuito en el que la mayoría de capturados recupera la libertad en cuestión de horas o días.

Su postura es que el marco legal debería revisarse para evaluar si delitos cometidos con violencia directa contra ciudadanos requieren criterios más estrictos para imponer medida de aseguramiento. Ha explicado que existe una brecha entre el esfuerzo operativo y el efecto judicial, aunque reconoce que fiscales y jueces actúan bajo parámetros legales que privilegian la libertad mientras no haya condena y que exigen pruebas sólidas para restringirla.

 El general Giovanni Cristancho, comandante de la Mebog, aseguró que capturará a los mismos criminales hasta 20 veces si es necesario.
El general Giovanni Cristancho, comandante de la Mebog, aseguró que capturará a los mismos criminales hasta 20 veces si es necesario. Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA-SEMANA

El homicidio

El análisis muestra un panorama mucho más grave al revisar el delito de homicidio. En 2025 se realizaron 212 capturas en flagrancia por asesinatos, 45 más que en 2024, lo que representa un aumento del 27 por ciento frente a las 167 del año anterior.

La localidad de Kennedy encabezó la lista con 33 capturas, seguida de San Cristóbal con 32 y Ciudad Bolívar con 27. En la situación jurídica de esas 212 capturas por homicidio, 86 personas; el 41 por ciento quedaron con detención; es decir, 66 en centro carcelario, 8 en domiciliaria, 11 pendientes por medida y una con brazalete electrónico.

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Ahora bien, 68 de esos criminales, capturados en flagrancia, el 32 por ciento quedaron en libertad por decisión judicial, de las cuales 66 porque el juez no profirió medida de aseguramiento, uno por comparecencia y uno por vulneración de garantías procesales.

De otro lado, 58 personas, el 27 por ciento, quedaron en libertad por decisión del fiscal. En 52 casos, porque el mínimo de la pena es inferior a cuatro años; en 5, por vulneración de garantías procesales; y en una, por tratarse de delito querellable.

La discusión política gira en torno a si el diseño legal actual responde adecuadamente a fenómenos de violencia reiterada o si requiere ajustes para que la captura tenga un efecto más prolongado en términos de contención.
La discusión política gira en torno a si el diseño legal actual responde adecuadamente a fenómenos de violencia reiterada o si requiere ajustes para que la captura tenga un efecto más prolongado en términos de contención. Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ-SEMANA/ GUILLERMO TORRES-SEMANA

El dato sobre pena inferior a cuatro años indica que una parte importante de esas capturas corresponde a modalidades como homicidio culposo, donde la ley no siempre permite detención preventiva automática. Es un matiz jurídico relevante para interpretar correctamente las cifras.

El comandante de la Policía Metropolitana, general Giovanni Cristancho, ha sostenido que la institución está cumpliendo con la captura y con la entrega de elementos probatorios a la Fiscalía. La decisión final sobre medidas de aseguramiento depende del juez de control de garantías y del sustento jurídico del caso.

“Hay personas que capturamos en la mañana y en la noche volvemos a capturarlas porque en el día las dejan libres”, afirmó, al subrayar el impacto directo en la percepción de inseguridad ciudadana.

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Cristancho insistió en que la seguridad no puede recaer únicamente en la Policía. Aun así, advirtió que la institución seguirá capturando “las 20 veces que sea necesario”, mientras el debate sobre la alineación entre Policía y Justicia sigue abierto en Bogotá.

El debate también remite a la Ley 2197 de 2022, conocida como Ley de Seguridad Ciudadana, sancionada durante el Gobierno de Iván Duque y respaldada en su momento por la administración distrital de Claudia López.

Esa norma introdujo agravantes y ajustes en reincidencia, pero no modificó el principio constitucional que exige motivación estricta para restringir la libertad antes de una condena.

La Policía informa que hay personas que las capturan en la mañana y en la noche las vuelven a coger porque durante el día las dejan libres.
La Policía informa que hay personas que las capturan en la mañana y en la noche las vuelven a coger porque durante el día las dejan libres. Foto: GETTY IMAGES

La discusión política gira en torno a si el diseño legal actual responde adecuadamente a fenómenos de violencia reiterada o si requiere ajustes para que la captura tenga un efecto más prolongado en términos de contención.

Por ahora, desde la Alcaldía de Bogotá se están buscando los caminos jurídicos y abriendo espacios con el Gobierno nacional para que se ponga sobre la mesa la necesidad de una reforma a la Justicia y la plena aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana que elimina por completo las condescendencias con criminales que usan violencia extrema y armas de cualquier tipo para intimidar a sus víctimas durante la comisión de los delitos.

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Desde el Distrito se busca que se eliminen los criterios de justicia que son objeto de interpretación por parte de un juez y que se alineen las consideraciones para que la ley se pueda aplicar sin distingo de ninguna otra característica diferente a la valoración estricta del delito o crimen cometido.