El Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte radicaron un proyecto de ley que, de ser aprobado, significaría un golpe duro a quienes actualmente trabajan con aplicaciones digitales de movilidad como Uber, Didi, InDrive, entre otras.


En el documento, radicado el pasado 20 de enero, se denomina “servicio ilegal de transporte” a cualquiera que se ofrezca a través de este tipo de aplicaciones, algo que terminaría por poner contra las cuerdas a las aplicaciones que actualmente están operando en el país y de las cuales también hacen parte los taxistas.

El proyecto, enfocado en abordar la eterna discusión entre la legalidad del servicio de transporte en vehículos particulares sin autorización de las autoridades, plantea multas millonarias a usuarios, conductores y dueños de los automotores que sean sorprendidos operando bajo plataformas como Uber, Didi, Yango, InDrive y las otras que actualmente funcionan en Colombia.
Además de estas multas, la iniciativa va más allá y también afectaría a los conjuntos residenciales donde se permita la entrada de alguno de estos vehículos para recoger o dejar algún servicio solicitado a través de dichas aplicaciones.
¿De cuánto serían las multas para quienes pidan un servicio por aplicación?
El articulado del proyecto contempla multas de hasta 4,7 millones de pesos para quienes soliciten un servicio de transporte en carro particular a través de plataformas.
De igual forma, también se plantean multas de hasta 2.100 millones de pesos para cualquier conducta que vaya en contra de las normas establecidas para el sector del transporte de pasajeros y que no tenga una sanción específica.


En cuanto a la inmovilización de vehículos sorprendidos prestando este tipo de servicios, los cambios son abruptos, según lo propuesto en el proyecto de ley.
Allí, la inmovilización de cinco días a quien sea sorprendido ofreciendo estos servicios por primera vez pasaría a 60 días (dos meses); quien sea reincidente tendría que esperar a recuperar su carro por un lapso de 90 días.
¿Conjuntos residenciales y centros comerciales también serían multados?
El proyecto resulta ser mucho más llamativo a medida que avanza el articulado, pues otra de las propuestas allí consignadas es la de multar a conjuntos residenciales, edificios y centros comerciales por permitir el ingreso de vehículos que presten servicios a través de plataformas.
En concreto, la multa sería de hasta 726 millones de pesos por promover, permitir o consentir, de forma directa o indirecta, la operación o estacionamiento de estos vehículos en sus instalaciones.


De acuerdo con lo planteado, la iniciativa también busca que las autoridades locales, en conjunto con la Superintendencia de Transporte, incrementen controles en lugares donde se ha identificado una mayor operación de estas plataformas, como hoteles, aeropuertos, terminales, zonas administrativas y centros comerciales.
¿No se puede hablar de Uber, Didi y otras plataformas?
El articulado deja clara una recomendación a los funcionarios y contratistas del Estado, pues les obligaría a abstenerse de realizar cualquier tipo de manifestación pública que promueva o incentive los servicios que el texto ha considerado como ilegales.
