FINANZAS
Así funciona la opción de la hipoteca inversa que lanzará el Gobierno
Se espera que el presidente Duque anuncie esta noche en su programa 'Prevención y Acción' el decreto que le dará vida a esta figura para atacar la pobreza en la tercera edad.
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En Colombia hay miles de ciudadanos que tienen una casa o apartamento, pero actualmente no tienen ingresos y esto los ha afectado aún más por cuenta de la pandemia.
Con el fin de buscarle una solución a esta problemática, el Gobierno prepara un decreto para permitir en el país la figura de las hipotecas inversas.
De acuerdo con un borrador de decreto, con este nuevo mecanismo los colombianos mayores de 65 años y que cuentan con una propiedad podrán recibir una renta mensual vitalicia a cambio de ceder su inmueble una vez fallezcan.
Esto quiere decir los que los adultos mayores podrán recibir la renta mientras siguen disfrutando de su inmueble hasta el día que mueran. En ese momento la vivienda pasaría a manos de una institución financiera.
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“En el momento en el que se presente el fallecimiento del último de los beneficiarios, la entidad otorgante del crédito o préstamo exigirá inicialmente el cumplimiento de la obligación a los herederos, quienes podrán ceder el bien inmueble o efectuar su venta con el fin de sufragar lo adeudado, y solo en caso de renuencia en el pago podrá hacerse efectiva la garantía hipotecaria”, dice la reglamentación.
Los fondos inmobiliarios, bancos y aseguradoras podrían ser los principales inversionistas en este tipo de negocio.
El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, explicó que la hipoteca inversa es una herramienta que servirá para enfrentar el fenómeno de pobreza oculta que se presenta en la tercera edad.
Jonathan Malagón, ministro de Vivienda, asegura que esta medida servirá para ayudarles a los adultos mayores que no tienen ingresos, pero sí una propiedad.
Según algunas estimaciones, si una persona posee un inmueble valorado en 200 millones de pesos, podría recibir una renta mensual de aproximadamente un millón de pesos.
“La renta podrá ser constante o escalonada. Se considera constante al reconocimiento de una renta periódica fija mediante una distribución uniforme del capital. Por su parte, la renta vitalicia escalonada la constituye una renta periódica variable en la que el rentista decide consumir una mayor proporción del capital durante los primeros años, y luego la renta mensual se reduce en la proporción acordada por las partes”, explica el borrador de decreto.
Cabe destacar que el bien inmueble deberá tener vocación habitacional y no podrá encontrarse bajo la figura de patrimonio de familia inembargable.
Esta sería una herramienta muy importante para garantizar la calidad de vida de una gran cantidad de adultos mayores teniendo en cuenta que aunque el 67% de estos poseen casa propia, tan solo el 28 % cuentan con una pensión.
Según el borrador, este instrumento fue implementado el siglo pasado en Estados Unidos Australia, Canadá y Reino Unido. Posteriormente, fue desarrollado en Japón en 2002, Corea del Sur en 2007 y Hong Kong en 2011. En España se permite desde el 2007 y en Latinoamérica está disponible en México y Perú.